CRISTIAN VARGAS VALDIVIA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados Karen Yu-Yen Bustíos Wong y David Enrique Torres Pinto, quienes interponen acción constitucional de amparo en favor de Cristián Fernando Vargas Valdivia, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada en octubre del año en curso, rechazó su postulación al beneficio de libertad condicional. Indica que su representado, se encuentra actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto, cumpliendo un saldo de condena de una pena 3 años y 1 un día, por el delito de robo en lugar habitado. Señala que registra como fecha de inicio de condena el 06 de junio de 2020, como fecha de término el 06 de junio de 2023, y que se ha verificado el tiempo mínimo de cumplimiento el 06 de junio de 2022. Agrega que su conducta ha sido calificada como “muy buena” durante los últimos 4 bimestres y que cuenta con un informe psicosocial que permite orientar sobre los factores de riesgo y reincidencia. Sostiene que su representado cumple a cabalidad con todos los requisitos exigidos para optar a la libertad, mencionando que durante su vida intrapenitenciaria ha puesto sus esfuerzos y herramientas personales en mantener una conducta intachable, que ha trabajado como artesano, como mozo encargado de la encomienda y en la central de alimentos, que cuenta con un proyecto de reintegración familiar, que en el ámbito laboral cuenta con un puesto en una feria libre y que es miembro de la Primera Iglesia del Señor. Pide que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se le concede dicha libertad a su representado. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña Celia Catalán Romero, Ministra Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que se rechazó, por unanimidad, la solicitud de libertad condicional del interno en los siguientes términos: “Analizados y ponderados los antecedentes qu
Fallo
por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud de libertad condicional del recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Cristián Fernando Vargas Valdivia en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívense en su oportunidad. N° 724-2022 Amparo
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, por el recurso de amparo la abogada Karen Bastias. San Miguel, 21 de noviembre de 2022. Sebastián Vergara De La Rivera, relator. San Miguel, veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 8: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados Karen Yu-Yen Bustíos Wo
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