M.P C/ JOSE ARMANDO SUAREZ HUARACAN
Rol
Fecha
19 de noviembre de 2022
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Del mérito de los antecedentes y lo expuesto en la presente audiencia, aparece que medidas cautelares de menor intensidad resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la víctima, teniendo en consideración los hechos materia de la formalización y la dinámica de su ocurrencia, al compartir esta Corte, en este estadio procesal, la calificación jurídica efectuada por el tribunal a quo en relación a los mismos. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 15 de la Ley 20.066, se revoca la resolución dictada en audiencia de dieciocho de noviembre del año en curso, por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, y se declara que imputado José Armando Suárez Huaracan queda sujeto a la medida cautelar del artículo 92 de la Ley 19.968, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente. El tribunal a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Devuélvase y comuníquese. Rol N° 3194-2022 Penal
Fallo
se declara que imputado José Armando Suárez Huaracan queda sujeto a la medida cautelar del artículo 92 de la Ley 19.968, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente. El tribunal a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Devuélvase y comuníquese. Rol N° 3194-2022 Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecinueve de noviembre de dos mil veintidós. Sala: Quinta Zoom Rol Corte: 3194-2022-penal Ruc: 2201151321-6 Rit: 3926-2022 15° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Nicole Bustos Maulén Ministerio Público: Ma. Natalia Soto Defensor: Eduardo Camus Imputado: JOSE ARMANDO SUAREZ HUARACAN Escritos proveídos en audiencia: folios 2 y 3 San Miguel, diecinueve de noviembre de dos m
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica