GERSON MANUEL CELIS CARVAJAL / DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
19 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: En folio 1, comparece don Gerson Manuel Celis Carvajal, de nacionalidad colombiana, quien deduce recurso de amparo contra la Delegación Presidencial de la Región de Valparaíso, que mediante Resolución Exenta N° 5157 de 03 de noviembre de 2021, dispuso su expulsión del territorio nacional, solicitando que la misma sea dejada sin efecto. Expone que ingresó de forma clandestina al país el 31 de marzo de 2021, estableciéndose junto a familiares en la comuna de La Calera. Refiere que se auto denunció y que le fue notificada el acta de expulsión el día 10 de noviembre de 2022. Señala que se encuentra trabajando y que de él dependen económicamente su padre y su hija. Acompaña diversos antecedentes que individualiza en su presentación. En folio 4, se informa por la Delegación Presidencial de la Región de Valparaíso, que mediante Resolución Exenta N° 4069 de fecha 13 de septiembre de 2021, modificada por Resolución Exenta N° 5157 de fecha 3 de noviembre de 2021, se dispuso la expulsión del amparado. Dicha medida se funda en el informe policial N° 1309 del 29/06/2021, de la Policía de Investigaciones de Chile, Departamento de Extranjería Policía Internacional de la Prefectura de La Calera, que en su parte sustantiva, indica que el amparado ingresó al país en forma clandestina. Refiere que la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, realizó la denuncia a la Fiscalía Local de Valparaíso por infracción a la antigua ley de Extranjería y su Reglamento. Posteriormente, y luego la Delegación Presidencial se desistió de la denuncia, cumpliendo así, con el procedimiento establecido en los artículos 78 y 158 de la Ley de Extranjería y su Reglamento. Argumenta que la autoridad regional procedió a la expulsión conforme a las nomas que lo facultan para ello, y dentro del ámbito de sus competencias, con apego estricto a las normas del ordenamiento jurídico que se encontraban vigentes a la fecha de la dictación del acto administrativo. En folio 9, se informa por la Policía
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por Gerson Manuel Celis Carvajal, en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 5157, de 03 de noviembre de 2022, que dispuso la expulsión del amparado del territorio nacional. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Elorriaga, quien fue del parecer de rechazar el presente recurso, teniendo para ello presente que los antecedentes acompañados no permiten establecer el arraigo del amparado y que la decisión afecte el principio de reunificación familiar. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-2344-2022. En Valparaíso, diecinueve de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, diecinueve de noviembre de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, comparece don Gerson Manuel Celis Carvajal, de nacionalidad colombiana, quien deduce recurso de amparo contra la Delegación Presidencial de la Región de Valparaíso, que mediante Resolución Exenta N° 5157 de 03 de noviembre de 2021, dispuso su expulsión del territorio nacional, solicitando que la misma
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