SIN INFORMACION

VIDAL/SERVICIO DE SALUD CHILOE

Rol

Fecha

18 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Acta N°94-2015 sobre tramitación y fallo del recurso de protección de garantías constitucionales. I. Se rechaza el recurso de protección interpuesto el abogado Humberto Alejandro Sepúlveda Benítez en representación de Tirso Evanan Vidal Vidal contra del Servicio de Salud Chiloé. II. No se condena en costas por haber existido motivo plausible. Redacción a cargo de la Ministra (S) Isabel Margarita Zúñiga Alvayay. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. No firma el Ministro don Juan Patricio Rondini Fernández-Dávila, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse con permiso. Rol Protección N°4184-2022.

Fundamentos

considerando: Primero. Que, el recurso de protección de garantías establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, corresponde a una acción de naturaleza cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de aquellos derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, a través de la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio. Se trata, por consiguiente, de una acción de cautela de derechos garantizados a nivel constitucional cuya existencia sea indubitada y que se encuentren conculcados de manera suficiente para provocar la actividad jurisdiccional traducida en la adopción de medidas destinadas a restablecer el imperio de esos derechos amagados o perturbados en su legítimo ejercicio . Segundo. Que, el actor funda su recurso de protección en que la actuación de la recurrida formulándole cargos -en el contexto de un procedimiento sumarial- sin darle la oportunidad de conocer las piezas del expediente que permitan efectuar defenderse adecuadamente y presentar sus descargos. Alega infringida la garantía de igualdad ante la ley y pide se ordene se lo notifique nuevamente de la resolución de cargos, previa entrega del expediente sumarial. Tercero. Que, el Servicio de Salud recurrido pide el rechazo del recurso de protección, toda vez que el sumario instruido contra el actor ha sido retrotraído a la etapa de descargos para que el funcionario pueda, efectivamente, ejercer sus derechos. Cuarto. Que, la recurrida ha acompañado la Resolución Exenta N°6964 de fecha 23 de septiembre de 2022 que resuelve reabrir y retrotraer el procedimiento sumario instruido contra el actor a la etapa descargos a fin de que el funcionario ejerza sus derechos. De este modo, a partir de la resolución antedicha y de las alegaciones del recurrente y recurrido se concluye que la acción de protección ha perdido oportunidad, toda vez que el actor podrá efectuar sus descargos en conocimiento de los antecedentes de la instrucción incoada en su contra.

Fallo

Por estas consideraciones y, visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Acta N°94-2015 sobre tramitación y fallo del recurso de protección de garantías constitucionales. I. Se rechaza el recurso de protección interpuesto el abogado Humberto Alejandro Sepúlveda Benítez en representación de Tirso Evanan Vidal Vidal contra del Servicio de Salud Chiloé. II. No se condena en costas por haber existido motivo plausible. Redacción a cargo de la Ministra (S) Isabel Margarita Zúñiga Alvayay. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. No firma el Ministro don Juan Patricio Rondini Fernández-Dávila, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse con permiso. Rol Protección N°4184-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. Vistos. A folio 1 comparece el abogado Humberto Alejandro Sepúlveda Benítez en representación de Tirso Evanan Vidal Vidal, funcionario público, cédula de identidad N°15.983.632-0, domiciliado en Avenida Pedro Montt N°875, de la comuna de Castro, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio de Salud Chiloé, rol único tribu

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