TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VALPARAISO

MP C/ MARIO ALFONSO GONZALEZ PORTALES

Rol

Fecha

18 de noviembre de 2022

Materia

RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En esta causa RUC Nº 2100226780-K, RIT Nº 309-2022, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, el Fiscal don Javier Carrasco Sarmiento, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 12 de octubre de 2022, que absolvió a los acusados Mario Alfonso González Portales, Sergio Luis Parra Ahumada y Johan Marcelo López Pérez, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, de ser autores de un delito de receptación de vehículo motorizado del artículo 456 bis A del Código Penal, consumado, y al primero, además, de ser autor de un ilícito de conducir un vehículo motorizado con placa patente falsa del artículo 192 letra e) de la Ley de Tránsito, consumado, que se estimaron cometidos el día 9 de marzo de 2021, en Valparaíso, sin costas. Que la causal de nulidad invocada es la del artículo 374 letra e) en relación con los artículos 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal, esto es, falta de fundamentación en la absolución de los acusados, por lo que deben invalidarse el juicio y la sentencia y llevarse a cabo un nuevo juzgamiento por el Tribunal no inhabilitado que corresponda. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista de la causa en la audiencia del día 15 de diciembre de 2022, en la cual fueron oídos alegatos del Ministerio Público y de las Defensas.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el motivo absoluto de nulidad invocado consiste en la infracción cometida por el Tribunal al deber de fundamentación señalado, en dos aspectos, primero, por no haberse fundamentado las conclusiones del

Fallo

fallo del modo que exige la ley y, segundo, al no observarse el deber referido, por utilizar los sentenciadores falacias argumentativas para sostener la conclusión absolutoria respecto del delito de receptación. Más adelante, la recurrente precisa que la infracción de las normas señaladas se ha cometido por cuanto en la valoración de los medios de prueba, falta la debida fundamentación de toda la prueba rendida, incluso aquella que se ha desestimado y por haberse incurrido en fundamentación aparente. SEGUNDO: Que, arguye, el Tribunal en el motivo duodécimo del fallo dio por acreditados los hechos planteados por la Fiscalía, decidiendo absolver a los acusados por no haberse establecido los elementos subjetivos de los delitos, esto es, que conocían o no podían menos que conocer el origen ilícito del vehículo en el que fueron sorprendidos, en el caso de la receptación, y, que Mario González conducía a sabiendas con placa patente falsa, en el caso de la infracción del artículo 192 e) de la Ley de Tránsito. TERCERO: Que, prosigue, la falta de fundamentación se ha producido al aceptar el Tribunal los dichos de los acusados y la prueba de la Defensa, incorporados únicamente en el juicio oral, sin corroboración suficiente. A continuación, la recurrente se refiere al contenido de las declaraciones del imputado Mario González y de los coimputados y señala que la prueba de cargo da cuenta que había dos carabineros en el sector del hecho y uno de ellos –el otro no-, vio que la patente

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: En esta causa RUC Nº 2100226780-K, RIT Nº 309-2022, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, el Fiscal don Javier Carrasco Sarmiento, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 12 de octubre de 2022, que absolvió a los acusados Mario Alfonso González Portales, Sergio Luis

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