PAINEMIL/DÍAZ
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2022
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, pero en el
Fundamentos
considerando sexto se elimina la oración: “ni la desvalorización del vehículo de la parte demandante”. Y se tiene, en su lugar y, además presente: 1.- Que en lo relativo a la desvalorización que se reclama, se debe señalar que, no discutiéndose en esta instancia, la efectividad de que el vehículo de la apelante sufrió daños como consecuencia del actuar infraccional de la denunciada, es posible, considerando la prueba rendida, conforme a las reglas de la sana crítica, tener por acreditado que tales detrimentos materiales, generaron su depreciación comercial, pues, no obstante su reparación, el sólo hecho de haber participado en un accidente que le provocó daños, genera una disminución comercial de su precio, conforme lo propone la lógica y fluye de las máximas de experiencia, por lo que procede otorgar dicho capítulo, por la suma de $500.000. 2.- Que los documentos acompañados en esta instancia no logran desvirtuar las conclusiones a que ha arribado la sentencia en alzada en lo relativo al daño moral, pues la circunstancia probada de enfermedad crónica del padre del actor no permite por si sola concluir su propio daño moral, cuya indemnización reclama. Y de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones citadas y lo previsto en los artículos 32 y siguientes de la Ley Nº 18.287,
Fallo
se resuelve: Se revoca la sentencia impugnada de veintisiete de julio del año dos mil veinte, dictada por el 1° Juzgado de Policía Local de Lo Prado, en la parte que desestimó la demanda civil por indemnización por desvalorización comercial, y en su lugar se declara, que se acoge dicho extremo, condenándose también al demandado, al pago de la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos) por dicho concepto, confirmándose en todo lo demás apelado. Regístrese y devuélvase. N° 1305-2020-Policía Local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Patricio Martínez Benavides, Claudia Lazen Manzur y Fiscal Judicial Carla Troncoso Bustamante.
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, el abogado don Roberto Sepúlveda y el abogado don Ciro Sáez por y contra el recurso. Santiago, 18 de noviembre de 2022. Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. A los escritos folios N°s 11, 12, 13 y 14: Téngase presente y a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, pero en el considerando sexto se elimina la oració
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