M.P C/ LUIS CLAUDIO BAEZ BRAVO (QTE.: DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIÓN METROPOLITANA)
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2022
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que se formalizó la investigación, de lo que se sigue que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, atendida su naturaleza, forma de comisión y gravedad, lo que torna insuficientes las restantes cautelares previstas para los efectos del inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución de diez de noviembre último, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que sometió a prisión preventiva al imputado Luis Claudio Báez Bravo. Devuélvase. N° 3175-2022-Penal.
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San Miguel, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. Sala: Primera Sala Rol: 3175-2022 Penal Ruc: 2201009324-8 RIT: 7833-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator: Cristián Alcántara Mödinger Digitadora: Janet Meléndez Triviño Fiscal: Natalia Soto Sepúlveda Querellante: Teresa González de la Parra Defensa: Mario Araya Flores Registro de audio: 2201009324-8-91 Caratulado: M.P C
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