SIN INFORMACION

VARGAS CASTRO JORDAN ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

18 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Valeska Orellana Córdova, abogada, en representación de don Jordan Andrés Vargas Castro, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente la resolución tomada por la recurrida al rechazarle el beneficio de libertad condicional al que postuló, correspondiente al segundo semestre del año 2022, sin ajustarse a la normativa vigente, vulnerando sus garantías constitucionales, en virtud con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Expone que su defendido se encuentra cumpliendo una condena de siete años por la comisión de dos delitos de robo con intimidación, a la que según la información proporcionada por Gendarmería de Chile dio inicio en su cumplimiento el 14 de julio de 2018, estimándose como fecha de término el 22 de noviembre de 2024. Pero que por rebaja de pena de la Ley Nº 19.856, podría terminar su condena el 22 de junio de 2024. Agrega que a la fecha de postulación para el beneficio de libertad condicional cumplía con todos los requisitos solicitados en la ley, teniendo el tiempo mínimo de cumplimiento de la sanción impuesta y presentando los últimos cuatro bimestres de conducta calificada como muy buena, además de señalar las actividades y talleres realizados por el amparado dentro de la unidad penal, que dan cuenta del proceso del interno. Reprocha que la Comisión denegara la concesión del beneficio pedido a pesar de cumplir con todos los requisitos legales, incurriendo en infracción de la normativa contenida en DL 321 sobre Libertad Condicional, además de fundamentarse el rechazo en exigencias no contempladas en la ley o en requisitos mayores a los dispuestos en la normativa, sin justificar debidamente la decisión adoptada. Por otro lado, estima s

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Jordan Andrés Vargas Castro, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N°4010-2022 Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante señor Michael Christian Camus Davila. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 6. A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Valeska Orellana Córdova, abogada, en representación de don Jordan Andrés Vargas Castro, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y deduce acción constitucional de amparo e

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