BERTOLI JONES FRANCO ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña HASLIE MARIA PAZ BUSTAMANTE VARGAS, defensora penal privada, en representación de don FRANCO ANDRES BERTOLI JONES, quien actualmente cumple condena en el CCP Santiago Sur y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al segundo semestre del año 2022- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, por lo que pide a esta Corte que, acogiendo el presente recurso, se reestablezca el imperio del derecho y se otorgue al amparado el aludido beneficio. Expone que su defendido cumple con todos los requisitos establecidos por la ley para acceder a la libertad condicional, argumentando que registra una conducta sobresaliente, contando con 7 meses de rebaja de condena, adaptándose del régimen interno lo que se demuestra en su hoja de vida en reclusión ya que de los cuatro años que lleva privado de libertad no registra ninguna falta ni sanción. Agrega que de acuerdo al informe psicosocial tendría riesgo de reincidencia medio a muy bajo en distintos ítems como actitud procriminal, educación y empleo, pareja y familia, uso del tiempo libre, entre otros. Finalmente, destaca que el mismo informe concluye que el cambio en el contexto social que ha permitido adquirir y un oficio en artículos de madera, y la adquisición del concepto del trabajo practicado por don FRANCO ANDRES BERTOLI JONES le permitirá junto a sus hijos y a su pareja integrarse laboralmente conforme a la norma para una exitosa reinserción social, y que, en consideración a los antecedentes recopilados, del señor FRANCO ANDRES BERTOLI JONES, se puede inferir que ha evidenciado conductas de reinserción y ha adquirido y practicado el oficio de artesano en madera que le permitirá una reinserción exitosa a la sociedad concordante con su CI Inferior, por lo que recomienda su liberta
Fallo
Por estas razones Pide se acoja el presente recurso en los términos ya señalados. SEGUNDO: Que, informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 24 de octubre recién pasado se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante posee un nivel de reincidencia medio, identificándose necesidades de intervención en pares criminógenos, actitud procriminal y utilización de tiempo libre. Se observa que se trata de un interno que cumple condena por del delito de homicidio, registrando dos condenas anteriores en su extracto de filiación. Si bien se aprecia que acepta su responsabilidad en los hechos y tiene mediana conciencia del mal causado, aún se encuentra en etapa de contemplación, iniciando recién el proceso de problematizar su conducta delictual. Asimismo, se da cuenta de su incorporación en el oficio de la mueblería, lo que si bien se evalúa positivamente, se estim
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C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña HASLIE MARIA PAZ BUSTAMANTE VARGAS, defensora penal privada, en representación de don FRANCO ANDRES BERTOLI JONES, quien actualmente cumple condena en el CCP Santiago Sur y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Cort
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