ABDELALIM/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 13 de septiembre de 2022, comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de Mohamed Hamdi Abdelazim Abdelalim, de nacionalidad egipcia, ambos domiciliados en calle Brisas del Maipo N°255, comuna de Puente Alto, para interponer recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento de su solicitud de prórroga de visa sujeta a contrato. Indica que el 4 de junio de 2021 requirió la prórroga de visa sujeta a contrato, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, ni se ha liberado la orden de giro correspondiente al beneficio solicitado, manteniéndolo en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud referida, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con expresa condenación en costas. Segundo: Que evacuan el informe respectivo el 28 de septiembre de 2022 los abogados del Servicio Nacional de Migraciones Nicolás Cornejo Montenegro y Stephanie Pinto González, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostienen mediante Oficio Ordinario N°55560 de 15 de septiembre de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, el recurso de protección deducido en favor de Mohamed Hamdi Abdelazim Abdelalim. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 21.378 – 2022 Protección
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó, contra el recurso de protección la postulante doña Francisca Núñez Valderrama; asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 09:29 horas y terminó a las 09:37 horas. San Miguel, 18 de noviembre de 2022. Florencia Sáez Bugmann. Relatora. San Miguel, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. A los folios 7 y 8: A todo, téngase pre
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