SIN INFORMACION

RIOS/MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de la abogada Marcela Giacaman Pérez, en representación de Brian Jesús Guillen Viana cédula nacional de identidad N°26.172.179-1 de nacionalidad venezolana, María Laura Navas Colmenares cédula nacional de identidad N°26.122.976-5 de nacionalidad venezolana, Ana Teresa Ríos cédula nacional de identidad N° 26.565.610-2 de nacionalidad venezolana y Marco Antonio Ortiz, cédula nacional de identidad N°25.519.503-4 de nacionalidad ecuatoriana, todos con domicilio en calle Baquedano N°239, oficina 704, Antofagasta, quienes interpusieron recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pidiendo que se le ordene pronunciarse de la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en no emitir pronunciamiento sobre las solicitudes de permanencia definitiva del dieciocho de enero de dos mil veintidós, treinta y uno de marzo de dos mil veintiuno, veinte de diciembre de dos mil veintiuno y ocho de septiembre de dos mil veinte, habiendo transcurrido nueve meses, un año siete meses, diez meses y dos años y un mes, vulnerando con ello la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República y los principios de celeridad, conclusivo e inexcusabilidad contenidos en la Ley N°19.880. Indica que, los recurrentes ingresaron a Chile, de forma legal y por pasos habilitados, con el propósito de hacer vida en Chile, debido a eso solicitaron y obtuvieron sus visas temporarias, mediante resoluciones otorgadas por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Antes del vencimiento de sus visas temporarias, y en cumplimiento a lo establecido en la ley, las recurrentes enviaron sus solicitudes de permanencia definitiva a través de la plataforma online que dispuso para tal fin el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, disponible en el enlace: https://tramites.extranjeria.gob.cl//. Posteriormente, los estados de avances de los recurrentes son los siguientes: Brian Jesús Guillen Viana, solicitud enviada con fecha 18 de enero del 2022, el cual tiene un 2% de avance, sin que se encuentre completado el proceso administrativo que se recurre. María Laura Navas Colmenares, solicitud enviada con fecha 31 de marzo del 2021, el cual tiene un 44% de avance, sin que se encuentre completado el proceso administrativo que se recurre. Marco Antonio Ortiz Barriga, solicitud enviada con fecha 08 de septiembre del 2020, el cual tiene un 100% de avance, sin que se encuentre completado el proceso administrativo que se recurre. Ana Teresa Ríos, solicitud enviada con fecha 20 de diciembre de 2021, su avance del trámite no se encuentra disponible en la plataforma de trámites de extranjería, sin que se encuentre completado el proceso administrativo que se recurre. De lo anterior se desprende, que luego del envío de las solicitudes, los plazos de respuesta han sido muy extensos, en los cuales los recurrentes aún no han recibido ni siquiera la orden de pago. Por lo anterior, pidió que se le ordene pronunciarse y concluir la solicitud de permanencia definitiva, y en general ordenar todas las medidas que estimen conducente para restablecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que informa el abogado Carlos Salas Arriagada en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción y de la condena en costas, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar los derechos invocados por el recurrente. Indica en su informe que Brian Jesús Guillen Viana, realiza la solicitud de permanencia definitiva, con fecha 18 de

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve, SE ACOGE sin costas el recurso interpuesto por la abogada Marcela Giacaman Pérez, en representación de Brian Jesús Guillen Viana, María Laura Navas Colmenares, Ana Teresa Ríos y Marco Antonio Ortiz en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenándose que dentro del plazo de sesenta días corridos desde la dictación de la sentencia, la repartición pública recurrida deberá dar respuesta definitiva a la solicitud de la actora. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Juan Opazo Lagos, respecto de los recurrentes Brian Jesús Guillen Viana y Ana Teresa Ríos, quien estuvo por rechazar el recurso por estimar que, si bien existe retardo en la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva atendido que excede el máximo fijado por la ley, en concreto, no es suficiente para estimar que existe actuación ilegal y arbitraria de la recurrida, desde que el retardo de menor entidad se explica sin lugar a dudas por fuerza mayor derivada de la contingencia sanitaria que dificultó en general el trabajo de los organismos públicos y la gran cantidad de solicitudes de este tipo en los últimos años debido a la ya conocida crisis migratoria que se ha presentado en nuestro p

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Antofagasta, a diecisiete de noviembre de dos mil veintidós VISTOS: La comparecencia de la abogada Marcela Giacaman Pérez, en representación de Brian Jesús Guillen Viana cédula nacional de identidad N°26.172.179-1 de nacionalidad venezolana, María Laura Navas Colmenares cédula nacional de identidad N°26.122.976-5 de nacionalidad venezolana, Ana Teresa Ríos cédula nacional de identidad N° 26.565.61

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