MONTENEGRO/CLINICA REÑACA S.A.
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2022
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha cinco de mayo de dos mil veintidós, escrita a folio N° 31, que recibió la causa a prueba y, se agrega otro punto sustancial, pertinente y controvertido a la interlocutoria de prueba, consistente en la: “6.-Efectividad de que la actuación de la Clínica demandada, se ajustó a los principios de la lex artis médica. Hechos y circunstancias que lo acreditarían”. Notifíquese, comuníquese y devuélvase. N°Civil-2988-2022.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha cinco de mayo de dos mil veintidós, escrita a folio N° 31, que recibió la causa a prueba y, se agrega otro punto sustancial, pertinente y controvertido a la interloc
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