SIN INFORMACION

AIME/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, quienes en favor de Oscar Antelo Limpias, de nacionalidad boliviana, Alejandra del Carmen López Meléndez, de nacionalidad venezolana y Wislene Aime, de nacionalidad Haitiana, todos domiciliados para estos efectos en México N° 2863, de la ciudad de Calama, interpusieron recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pidiendo que se le ordene pronunciarse de las solicitudes de permanencia definitiva, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en no emitir pronunciamiento sobre las solicitudes de permanencia definitiva del 25 de septiembre de 2020 de Oscar Antelo Limpias, del 22 de diciembre de 2020 de Alejandra López Meléndez y del 08 de febrero de 2021 de Wislene Aime -habiendo transcurrido más de dos años y en las dos últimas un año y seis meses-, vulnerando con ello la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República y los principios de celeridad, conclusivo y inexcusabilidad contenidos en la Ley N°19.880. Indicaron que los recurrentes ingresaron al país en calidad de turistas, cambiando su condición migratoria a residentes temporario y posteriormente solicitaron el beneficio migratorio de permanencia definitiva. Sin embargo, hasta la fecha no han recibido ninguna comunicación por parte de extranjería, lo que los mantiene en una situación de incertidumbre. Por lo anterior, solicitaron que se ordene a la recurrida pronunciarse de las solicitudes de permanencia definitiva, en el plazo de 30 días corridos o el que se estime pertinente, y en general adoptando las providencias necesarias para establecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que informó la abogada Pamela Ahumada Zamorano en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción y de la condena en costas, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar los derechos invocados por el recurrente. Indicó que la solicitud de Oscar Antelo Limpias fue ingresada el 25 de septiembre de 2020, se le comunicó el 14 de octubre de 2021 que se encontraba incompleta, la que fue subsanada por el recurrente el 20 de octubre de 2021, y en cuanto a su tramitación, tras la dictación de la Resolución Exenta N°21472436, del 13 de diciembre de 2021, esta se encuentra en etapa de análisis avanzado. Ello implica: a) análisis de documentos fundantes y evaluación económica del solicitante; b) generación y solicitud de orden de giro para pago de derechos, si corresponde; c) análisis documental avanzado de acuerdo a la actividad económica declarada de cada solicitante. Por ejemplo, liquidaciones de remuneraciones, certificado de cotizaciones, boletas de honorarios, pagos de IVA mensual, balances declaraciones de impuesto a la renta, entre otros; y; d) acreditación de vínculos familiares mediante documentos idóneos cuando sea pertinente. En relación a la actora Alejandra del Carmen López Meléndez, indicó que su solicitud fue ingresada el 22 de diciembre de 2020 y en cuanto a su tramitación, tras la dictación de la Resolución Exenta N° 21399951, de 09 de diciembre de 2021, esta se encuentra en etapa de evaluación intermedia, lo que comprende: a) Análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización -si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas, específicamente a las policías y

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE sin costas el recurso de protección deducido por los abogados Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, en favor de Oscar Antelo Limpias, Alejandra del Carmen López Meléndez y Wislene Aime y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenándose que dentro del plazo de sesenta días corridos desde la dictación de la sentencia, la repartición pública recurrida deberá dar respuesta definitiva a las solicitudes de los actores. Regístrese y comuníquese. Rol 23.584-2022 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, quienes en favor de Oscar Antelo Limpias, de nacionalidad boliviana, Alejandra del Carmen López Meléndez, de nacionalidad venezolana y Wislene Aime, de nacionalidad Haitiana, todos domiciliados para estos efectos en México N° 2863, de la ci

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