SIN INFORMACION

/COPIAPÓ

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1 y 4, doña Violeta Villalobos Utreras, Abogada, Jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Atacama,, actuando en representación de la condenada, doña Verónica Isabel Rodríguez Rodríguez, ha recurrido de amparo constitucional, en modalidad correctiva, en contra de la resolución de 14 de octubre de 2022 de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por argumentos que no se ajustan a la normativa vigente, tornándose la privación de libertad del amparado arbitraria e ilegal, por lo que pide, como medida para restablecer el imperio del derecho, se deje sin efecto la resolución antes citada, otorgando la libertad condicional y disponiendo su libertad inmediata. Indica que su representada se encuentra recluida en la sección femenina del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó, cumpliendo condena de 3 años, por el delito robo con intimidación, en causa RIT N°2535-2014, RUC 1400113311-0, del 7°Juzgado de Garantía de Santiago, debido a que le fue revocada la pena sustitutiva de remisión condicional. Agrega que de acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, la amparada registra: · Bimestres muy buena conducta: 5. · Fecha de inicio condena: 10 de noviembre de 2021 · Fecha de término condena: 03 de febrero de 2023. · Tiempo Mínimo: 02 de febrero de 2022. En seguida, destaca antecedentes relevantes que constan en el Informe de postulación psicosocial de libertad condicional, elaborado por el área técnica de Gendarmería, a saber: a) La interna no ha iniciado un proceso de intervención, por ende, no cuenta con Plan de Intervención Individual. b) La interna se desempeñó en el área de aseo y mantención de dependencias de la unidad penal, por el período de 4 meses. c) Estando en la cárcel de Vallenar, prestó servicios a dos empresas, gestionadas por el Centro de Educación y Trabajo: PRODALUM en armado de ventanas de aluminio por 3 meses; y, COMISA en el armado y envasado de flexibles por 5 me

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE ACOGE la acción constitucional de amparo deducida por doña Violeta Villalobos Utreras en representación de la condenada doña Verónica Isabel Rodríguez Rodríguez. Regístrese, comuníquese de inmediato y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-132-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1 y 4, doña Violeta Villalobos Utreras, Abogada, Jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Atacama,, actuando en representación de la condenada, doña Verónica Isabel Rodríguez Rodríguez, ha recurrido de amparo constitucional, en modalidad correctiva, en contra de

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