SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE LOS LAGOS/TRIVIÑO
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2022
Materia
PESCA Y ACUICULTURA,INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: 1°) Que se eleva la presente causa para conocer de la apelación deducida por la denunciante en autos infraccionales de la Ley de Pesca, en contra de la sentencia del Juzgado de Competencia Común de Hualaihué que rechazó la denuncia y absolvió a los denunciados. 2°) Que la denunciante insta por que se revoque lo decidido y se condene a los denunciados por la infracción a la Ley General de Pesca, toda vez que en la especie se acreditó suficientemente el hecho basal de la infracción que es la tenencia de especies hidrobiológicas y transportarlas al interior de un vehículo, sin contar con la documentación necesaria para acreditar su origen legal. 3°) Que, del análisis de la prueba allegada al proceso, en especial por la parte denunciada, es dable estimar que ella cuenta con la documentación que acredita el origen legal de las especies y que, si bien es efectivo que no la tenía consigo al momento de la fiscalización, no debe perderse de vista que la conducta reprochada no es la mera ausencia de los documentos, sino la presunción que de ello se sigue que el transportista moviliza recursos hidrobiológicos que no cuentan con acreditación legal de origen, pero si ella es demostrada y en definitiva, existe, la sola ausencia de la documentación al momento del examen por los fiscalizadores del Servicio Nacional de Pesca carece del disvalor necesario para fundar una sanción como la perseguida por la recurrente. Por estas consideraciones y atendido lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento CIvil y artículos 107, 109 y 125 y siguientes de la Ley General de Pesca y Acuicultura, se declara: Que se confirma la sentencia en alzada de dieciséis de junio del año en curso, dictada por el Juzgado de Competencia Común de Hualaihué, sin costas. Regístrese y devuélvase. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse en comisión de servicio Rol Civil Nº 692-2022
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento CIvil y artículos 107, 109 y 125 y siguientes de la Ley General de Pesca y Acuicultura, se declara: Que se confirma la sentencia en alzada de dieciséis de junio del año en curso, dictada por el Juzgado de Competencia Común de Hualaihué, sin costas. Regístrese y devuélvase. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse en comisión de servicio Rol Civil Nº 692-2022
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. Visto: 1°) Que se eleva la presente causa para conocer de la apelación deducida por la denunciante en autos infraccionales de la Ley de Pesca, en contra de la sentencia del Juzgado de Competencia Común de Hualaihué que rechazó la denuncia y absolvió a los denunciados. 2°) Que la denunciante insta por que se revoque lo decidido y se cond
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