COMUNIDAD ATACAMEÑA DE TOCONCE/DGA/MOP
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2022
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
CONFIRMADA CON COSTAS
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y siguiendo el criterio, ya asentado por esta Ilustrísima Corte de Apelaciones, en causas Roles 224-2022 y 227-2022, no merece dudas que el procedimiento contemplado en el artículo segundo transitorio del Código de Aguas es un procedimiento especial, que consta de dos etapas: una de carácter administrativo y otra judicial. Por lo que no hay dos procedimientos separados uno del otro, por el contrario, para que el juez de letras pueda llegar a conocer de este procedimiento, necesariamente debe ejecutarse previamente un procedimiento administrativo en el cual consten, entre otros antecedentes, la oposición de los terceros. Por tanto, razona correctamente el juez a quo al expresar que "existe una normativa especial que regula la intervención de los terceros, la que sin duda abarca también la etapa judicial, comoquiera que la letra d) del artículo 2° Transitorio del Código del ramo prevé que las oposiciones se remiten al juez competente, junto con la solicitud de regularización y los demás antecedentes. Entonces, la solicitante -CODELCO- debió apegarse a la preceptiva particular para participar en este juicio". En consecuencia, al no haber deducido oposición el recurrente en la etapa administrativa, la que forma parte del proceso especial (administrativo- judicial del artículo segundo transitorio), dentro del plazo legal, ha caducado la posibilidad de ser parte en el presente juicio; por lo que no puede intentar la vía procesal, como tercero independiente, y pretender ejercer los mismos derechos que debió haber ejercido en la etapa administrativa, por cuanto se ha producido la extinción de su derecho por su no ejercicio dentro del plazo legal. Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, con costas, la sentencia pronunciada con fecha once de abril de dos mil veintidós, en causa Rol C-219-2022 del Segundo Juzgado de Letras en lo Ci
Fallo
Por tanto, razona correctamente el juez a quo al expresar que "existe una normativa especial que regula la intervención de los terceros, la que sin duda abarca también la etapa judicial, comoquiera que la letra d) del artículo 2° Transitorio del Código del ramo prevé que las oposiciones se remiten al juez competente, junto con la solicitud de regularización y los demás antecedentes. Entonces, la solicitante -CODELCO- debió apegarse a la preceptiva particular para participar en este juicio". En consecuencia, al no haber deducido oposición el recurrente en la etapa administrativa, la que forma parte del proceso especial (administrativo- judicial del artículo segundo transitorio), dentro del plazo legal, ha caducado la posibilidad de ser parte en el presente juicio; por lo que no puede intentar la vía procesal, como tercero independiente, y pretender ejercer los mismos derechos que debió haber ejercido en la etapa administrativa, por cuanto se ha producido la extinción de su derecho por su no ejercicio dentro del plazo legal. Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, con costas, la sentencia pronunciada con fecha once de abril de dos mil veintidós, en causa Rol C-219-2022 del Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Calama. Regístrese y comuníquese. Rol N°512-2022 (Civil) Vista conjunta con Roles 552-2022, 553-2022, 554-2022.
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y siguiendo el criterio, ya asentado por esta Ilustrísima Corte de Apelaciones, en causas Roles 224-2022 y 227-2022, no merece dudas que el procedimiento contemplado en el artículo segundo transitorio del Código de Aguas es un procedimiento especial, que consta de dos etapas: una de carácter
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica