SIN INFORMACION

ARIEL GERARDO RIVAS GUTIERREZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Yevelyn Araya Labraña, abogada, quien interpone recurso de amparo en favor de ARIEL GERARDO RIVAS GUTIERREZ, actualmente interno en el C.C.P. de Collipulli, en contra de la COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL por cuanto por Resolución de fecha 14 de octubre de 2022 deniega la libertad Completa al amparado, con infracción de garantías reglamentarias, legales y constitucionales. Señala que su representado se encuentra cumpliendo la condena de 15 años un día de Robo con homicidio. De los cuales tiene un saldo de 5 años, 2 meses, 13 días. Precisa que registra como fecha de inicio de condena el día 8 de abril de 2019, estimándose como fecha de término de condena 14 de diciembre de 2027. Cuenta con bajo compromiso delictual, puntuado con un índice de 61. Por lo anterior, refiere que Gendarmería de Chile, en sesión extraordinaria del Tribunal de Conducta consideró que el amparado cumple los requisitos legales establecidos en el Decreto Ley N° 321 y su Reglamento, por lo que fue postulado a la libertad condicional correspondiente al primer semestre año 2022. Dicha decisión se fundó en los antecedentes que se desprenden de su ficha única, informes de conducta y Psicosocial, como también la opinión de los profesionales presentes en la sesión. No obstante, los antecedentes favorables la Comisión decide denegar la libertad condicional al amparado. Manifestó que la resolución constituye un acto arbitrario e ilegal, que priva, perturba y amenaza la libertad personal de su defendido, vulnerando las formalidades legales y reglamentarias que prescriben los requisitos para optar a la libertad condicional. Así, refirió que el amparado reúne todos y cada uno de los requisitos que exige la normativa de libertad condicional contenidos en el Decreto Ley N° 321, en su artículo 2°, además, ha demostrado presentar avances en su proceso de reinserción social, por lo que es merecedor de obtener su libertad condicional. Agregó que el amparado ha presentado avances en su proc

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurso de amparo, contemplado en la Constitución Política de la República, se creó con el propósito de cautelar debidamente la libertad personal y la seguridad individual, y por lo tanto cualquier persona por sí o a favor de un tercero puede recurrir ante el órgano jurisdiccional para su amparo cuando estime vulnerados o amenazados por actos arbitrarios o ilegales y la Corte de Apelaciones correspondiente, en su caso deberá adoptar las medidas conducentes para restablecer el orden jurídico quebrantado. De este modo, la presente acción cautelar de rango constitucional, está concebida para impugnar aquellos actos que atenten exclusivamente contra la libertad personal de un individuo, sea en el encierro o en su aspecto ambulatorio. SEGUNDO: Que así, son hechos no controvertidos en estos antecedentes, por cuanto constan de lo señalado por las partes y se encuentran ratificados en la información aportada por Gendarmería en su Ficha de Postulación, las siguientes circunstancias: a.- El amparado se encuentra privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Collipulli, cumpliendo un saldo de pena de 3173 luego de haber quebrantado la sanción. Las penas originales eran de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, como autor del delito de robo con homicidio, impuesta por el Tribunal de Juicio Oral de Angol, en causa RIT 19-2013, de fecha 20 de mayo de 2013, y de 5 años de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de robo con intimidación , impuesta por el Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli, en causa RIT 571-2008, sentencia de fecha 14 de agosto de 2008 (con un abono de 1747 días al revocarse libertad vigilada). b.- De esta forma, se registra como fecha de inicio del saldo de condena el día 08 de abril de 2019, el término de la condena es el 14 de diciembre de 2027, y su fecha de tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 15 de abril de 2021. c.- El amparado registra cuatro bimestres de buena conducta. TERCERO: Que ahora bien, el Decreto Ley 321 dispone en el inciso 2° de su artículo 1° que la libertad condicional no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que es un modo particular de hacerla cumplir en libertad por el condenado y según las disposiciones que se dicten en dicho instrumento y en el Reglamento respectivo. CUARTO: Que las disposiciones de la Ley N° 21.124, que modifica el Decreto Ley N° 321 del año 1925, publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 18 de enero del año 2019, establece como requisito para postular al beneficio de la libertad condicional, además de haber cumplido el tiempo mínimo de la condena y haber obtenido conducta intachable durante el cumplimiento de ésta, el “Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades p

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de Amparo, deducido a favor del condenado ARIEL GERARDO RIVAS GUTIERREZ, en contra de la Resolución del Segundo Semestre 2022 correspondiente al mes de octubre de 2022, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional, que deniega la libertad condicional al amparado. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, si no se apelare. Rol Amparo-277-2022. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece Yevelyn Araya Labraña, abogada, quien interpone recurso de amparo en favor de ARIEL GERARDO RIVAS GUTIERREZ, actualmente interno en el C.C.P. de Collipulli, en contra de la COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL por cuanto por Resolución de fecha 14 de octubre de 2022 deniega la libertad Completa al amparado, con inf

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica