SIN INFORMACION

RIGOBERTO ELVIS VIDAL SANCHEZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: Comparece el abogado Eduardo Rivera Plummer, por el condenado RIGOBERTO ELVIS VIDAL SANCHEZ, actualmente interno en el Centro Penitenciario de Concepción, recurriendo de amparo en contra de la Resolución N° 49-2022, suscrita por la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó otorgarle la libertad condicional al amparado, contrariando la normativa vigente, tornando su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario. Señala, que Vidal Sánchez se encuentra cumpliendo dos condenas de tres años y un día, cada una, por los delitos de porte ilegal de armas de fuego y robo con intimidación, impuesta por el 9º Juzgado de Garantía de Santiago, en autos RIT O-9496-2017; y registra como fecha de inicio de condena el 29 de noviembre del año 2017, cómo tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 2 de diciembre del año 2021, con fecha de término de condena el 2 de diciembre del año 2023. Y que debido al tiempo que lleva cumpliendo, y sus calificaciones de conducta MUY BUENA los últimos 4 bimestres, fue incorporado por dicha institución al proceso de libertad condicional por estimar que Rojas Castillo cumplía con los requisitos que establece los números 1 y 2 del art. 2 del Decreto Ley N° 321, no obstante, la Comisión de libertad Condicional resolvió denegarle el beneficio mediante la resolución que impugna, la que transcribe. Pide se acoja el recurso, dejándose sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando en cambio, que le sea concedida. Informó el recurso Gonzalo Rojas Monje, Ministro titular de la Corte de Apelaciones de Concepción, en representación de la Comisión de Libertad Condicional de esta Región, quien expone, que desde el día 03 al 14 de octubre de 2022, sesionó la Comisión de Libertad Condicional de esta Región, para conocer diversas solicitudes sobre materias de su competencia; y en relación al condenado del Complejo Penitenciario de Concepción, solicitud de libertad condicional de Vidal Sánchez Rigo

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la acción constitucional de amparo interpuesta procede, conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República, a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de la normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que, el presente arbitrio se ha dirigido en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Concepción, por haber expedido la resolución N° 49-2022 de 5 de octubre del año en curso, la que sin contar con la adecuada fundamentación, denegó la libertad condicional al interno Rigoberto Vidal Sánchez, tornando su privación de libertad en arbitraria. TERCERO: Que, por su parte, la Comisión recurrida informó, que se rechazó la libertad condicional del amparado en los términos indicados en la resolución reprochada por la recurrente, que dice así: ““Por cuanto el interno no presenta beneficios intrapenitenciarios; se encuentra en estado motivacional de preparación para el cambio, se compromete con éste, pero es ambivalente e inseguro, tiene alto compromiso delictual y riesgo medio de reincidencia”. CUARTO: Que, con lo expuesto por el abogado recurrente en su libelo, más lo informado por la Comisión recurrida, y los antecedentes allegados al recurso, es factible dar por acreditado que: a) Rigoberto Vidal Sánchez fue condenado por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, mediante sentencia dictada el 16 de noviembre de 2018, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias correspondientes, en calidad de autor del delito de robo con intimidación cometido el 29 de noviembre de 2017; además, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo en calidad de autor del delito de tenencia o porte ilegal de arma de fuego, cometido el 29 de noviembre de 2017, además de las accesorias correspondientes. b) De acuerdo con el Formulario Consolidado de Postulación elaborado por Gendarmería de Chile, el referido interno se encuentra cumpliendo un “saldo de condena desde el 01-10-2022: 1 año 2 meses y 1 día”. Inició el cumplimiento 29 de noviembre de 2017; y su fecha de término está prevista para el 2 de diciembre de 2023. El tiempo mínimo para postular lo cumplió el 2 de diciembre de 2021. QUINTO: Que, el artículo 1° del DL 321, señala: “La libertad condicional es un medio de prueba de que la persona condenada a una pena privativa de libertad y a quien se le

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto en favor de Rigoberto Elvis Vidal Sánchez, actualmente interno en el Complejo Penitenciario de Concepción, en contra de la Resolución N° 49-2022, emitida por la Comisión de Libertad Condicional mediante la cual rechazó otorgarle la libertad condicional al amparado, la que se deja sin efecto, disponiéndose, en cambio, que se le reconoce dicho beneficio, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Cumplidos que sean los trámites administrativos de rigor, dese inmediata orden de libertad para el amparado, si no estuviere privado de ella por causa diversa. Comuníquese por la vía más expedita a la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Concepción y a la Dirección Regional de Gendarmería de Chile del Biobío. Regístrese y oportunamente, archívese. Redacción de la ministra Valentina Salvo Oviedo. Rol N°533-2022. Amparo.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: Comparece el abogado Eduardo Rivera Plummer, por el condenado RIGOBERTO ELVIS VIDAL SANCHEZ, actualmente interno en el Centro Penitenciario de Concepción, recurriendo de amparo en contra de la Resolución N° 49-2022, suscrita por la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó otorgarle la libertad condicional al

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