CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LAMPA/CASTILLO SANDOVAL
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en juicio ordinario de menor cuantía sobre indemnización de perjuicios por incumplimiento de contrato, el abogado Carlos Moreno Santander, en representación de la demandada, interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 26 de julio de 2022, en los autos caratulados “CASTILLO con CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LAMPA”, ROL C-172-2021, dictada por la jueza del Juzgado de Letras de Colina, señora Patricia Ibacache Toledo, que no concedió el recurso de apelación subsidiario en contra de la resolución de 3 de noviembre de 2021 que recibió la causa a prueba. Explica que en contra el auto de prueba antes referido, encontrándose dentro de plazo, dedujo recurso de reposición con apelación subsidiaria contra la resolución que recibió la causa a prueba, sin embargo, la resolución de 26 de julio de 2022, que provee los recursos deducidos, sólo se pronuncia respecto del recurso de reposición, denegándolo, y omite pronunciamiento respecto de la apelación deducida en subsidio. Alega que habiéndose desechado el recurso de reposición debió concederse la apelación interpuesta en forma subsidiaria de conformidad a lo dispuesto en el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil. Por ello solicita que se acoja el recurso declarando que procede la apelación subsidiaria denegada, y se retengan los autos para la tramitación y el fallo. Segundo: Que informa al tenor del recurso la jueza titular del Juzgado de Letras de Colina, doña Patricia Ibacache Toledo, quien señala que la recurrente y demandada de esos autos presentó un recurso de reposición con apelación subsidiaria contra la interlocutoria de prueba de 3 de noviembre de 2021. Manifiesta que es efectivo que el recurso de reposición fue denegado por resolución de 26 de julio de 2022, omitiéndose, en dicho acto, pronunciamiento respecto de la apelación subsidiaria. No obstante, indica que mediante providencia de 5 de agosto de 2022 se subsana la omisión se
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Carlos Leandro Moreno Santander, con fecha uno de agosto de dos mil veintidós. Archívese. N°Civil-11192-2022. Pronunciada por la Tercera de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Alejandro Rivera Muñoz e integrada por la Ministra (S) señora Erika Villegas Pavlich y el abogado integrante señor Rodrigo Montt Swett.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de noviembre de dos mil dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en juicio ordinario de menor cuantía sobre indemnización de perjuicios por incumplimiento de contrato, el abogado Carlos Moreno Santander, en representación de la demandada, interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 26 de julio de 2022, en los autos cara
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica