MINISTERIO PUBLICO VICTORIA C/ PEDRO FRANCISCO SAAVEDRA RIQUELME
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Teniendo en consideración lo expuesto en el párrafo final del motivo décimo segundo de la sentencia impgunada, que deja constancia que con los antecedenets aportados por el Ministerio Público y Querellante resultan claramente insuficientes, respecto de la existencia del hecho ilícito y la participación de los acusados en el mismo, compartiendo los fudnamentos de resolucuion apelada y conforme lo previsto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en lo apelado, la sentencia definitiva de fecha veintiocho de octubre de dos mil veintidós, que consta en carpeta digital. Comuníquese al tribunal A Quo lo resuelto. Penal-984-2022.(fcv)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. A los folios N° 4, 5 y 6: A todo: Téngase presente. VISTOS: Teniendo en consideración lo expuesto en el párrafo final del motivo décimo segundo de la sentencia impgunada, que deja constancia que con los antecedenets aportados por el Ministerio Público y Querellante resultan claramente insuficientes, respecto de la existencia del
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