MP C/ BENJAMIN NICOLAS QUINTANILLA DUARTE
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR.
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, estimando que la prisión preventiva resulta desproporcionada, en atención a los delitos imputados a Quintanilla Duarte, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de once de noviembre del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Benjamín Nicolás Quintanilla Duarte, inserta en la carpeta virtual Rit O-7779-2022 del Juzgado de Garantía de Talca y, en su lugar, se declara que se sustituye la misma por la señalada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es la privación de libertad parcial domiciliaria nocturna, que deberá cumplir en su domicilio desde las 22:00 horas de un día hasta las 06:00 horas del día siguiente. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante don Abel Bravo Bravo, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, en base a sus propios fundamentos. El juez de la instancia deberá corregir los manifiestos errores existentes en el Acta de la audiencia de control de detención. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1422-2022.
Fallo
se declara que se sustituye la misma por la señalada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es la privación de libertad parcial domiciliaria nocturna, que deberá cumplir en su domicilio desde las 22:00 horas de un día hasta las 06:00 horas del día siguiente. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante don Abel Bravo Bravo, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, en base a sus propios fundamentos. El juez de la instancia deberá corregir los manifiestos errores existentes en el Acta de la audiencia de control de detención. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1422-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, estimando que la prisión preventiva resulta desproporcionada, en atención a los delitos imputados a Quintanilla Duarte, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE
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