RIQUELME/I.MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece Francisco José Riquelme Merino, abogado en favor de don Diego Alonso Trujillo Barría, quien interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Valdivia, representada por su Alcaldesa Sra. Carla Andrea Amtmann Fecci, por la actuación ilegal consistente en omitir pronunciamiento sobre la prescripción de la responsabilidad administrativa que favorece a su representado, en procedimiento disciplinario instruido en Decreto Nº4838 de 2017 de 13 de junio de 2017, que da inició a una investigación sumaria, elevado a sumario administrativo en decreto Nº 190.616 de 5 de diciembre de 2017, omisión de pronunciamiento que se mantiene pendiente desde el 13 de enero de 2022 y reiterada la petición con fecha 20 de julio de 2022, sin que a la interposición del presente recurso de protección se hubiere notificado la determinación adoptada, vulnerando así las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°2 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que mediante Decreto Nº4838 de 2017 de 13 de junio de 2017, de la Municipalidad de Valdivia, se ordenó la instrucción de una investigación sumaria, elevado a sumario administrativo en decreto Nº 190.616 de 5 de diciembre de 2017 destinado a investigar una supuesta irregularidad en las propuestas públicas Nº 19-2015 y Nº 64-2015. 2. Con fecha 20 de abril de 2018, se formularon cargos, suspendiéndose el plazo de prescripción y luego el proceso se paralizó hasta el 31 de diciembre de 2021. Posteriormente con fecha 13 de enero de 2022 se ingresó recurso de reposición en la que se solicitó se declare la prescripción de la responsabilidad administrativa, por haber transcurrido el plazo legal para hacerla efectiva. Transcurrido más de 7 meses se volvió a ingresar presentación de similar tenor dando cuenta de existir pronunciamiento pendiente en el asunto, esto con fecha 20 de julio de 2022, solicitud que a la fecha de presentación del recurso no ha sido resuelta por el recurrido.
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción constitucional de urgencia, de naturaleza autónoma, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio. SEGUNDO: Que Diego Alonso Trujillo Barría, interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Valdivia, por el actuación ilegal consistente en omitir pronunciamiento sobre la prescripción de la responsabilidad administrativa, en procedimiento disciplinario instruido en Decreto Nº4838 de 2017 de 13 de junio de 2017, que da inició a una investigación sumaria, elevado a sumario administrativo en decreto Nº 190.616 de 5 de diciembre de 2017, omisión de pronunciamiento que se mantiene pendiente desde hace 13 de enero de 2022 y reiterada la petición con fecha 20 de julio de 2022, vulnerando así las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°2 y 24 de la Constitución Política de la República. Sostuvo, en síntesis, que, al haberse formulado los cargos en 20 de abril de 2018, los hechos por los que se persigue su responsabilidad se encuentran prescritos de conformidad con los artículo 154 y 155 de la Ley 18.883 y que habría hecho dicha alegación ante el recurrente sin que este se hubiese manifestado hasta la fecha de interposición del recurso. TERCERO: Que cabe señalar desde ya, que el recurso de protección no ha sido creado para solucionar conflictos que se encuentren sometidos a normas y procedimientos perfectamente establecidos y entregados al conocimiento de organismos competentes que actúen dentro de sus atribuciones legales y, consecuentemente, bajo el imperio del derecho; por lo que esta acción constitucional no puede ser entablada para obtener un pronunciamiento que recaiga en una materia como la responsabilidad perseguida en un procedimiento disciplinario. En efecto, esta acción constitucional no es la vía para solicitar la revisión de medidas disciplinarias adoptadas en investigaciones sumarias, pues se trata de una acción cautelar de protección de garantías constitucionales y no de revisión administrativa, pues el control que se ejerce por esta vía no se encuentra destinado a evaluar aspectos de mérito de las actuaciones cumplidas en un sumario administrativo, por lo cual no es procedente que el recurrente pretenda por esta instancia jurisdiccional extraordinaria, que se revise sobre la prescripción o no de la medida disciplinaria entablada; CUARTO: Que, en consecuencia, atendido que la finalidad fundamental perseguida por el actor con su recurso es impugnar la medida disciplinaria adoptada en la investigación sumaria instruida en su contra, declarando prescrita dicha acción de conformida
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección interpuesta por el abogado Francisco José Riquelme Merino, en representación de don Diego Alonso Trujillo Barría, en contra de la Ilustre Municipalidad de Valdivia Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redactada por el Abogado Integrante Sr. Luis Felipe Galdames Bühler. Rol 5487 – 2022 PRO.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece Francisco José Riquelme Merino, abogado en favor de don Diego Alonso Trujillo Barría, quien interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Valdivia, representada por su Alcaldesa Sra. Carla Andrea Amtmann Fecci, por la actuación ilegal consistente en omitir pronunciamiento sobre la prescripción de
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