VARAS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DEL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el diez de noviembre del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, interponiendo Recurso de Amparo en favor de don ROBERTO EDUARDO VARAS TAPIA, cédula de identidad N° 15.772.743-5, actualmente cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Talca; en contra de la Comisión de Libertad Condicional, integrada por el Ministro señor Moisés Muñoz Concha y los jueces señores Luis Marcelo Sumonte Rojas, Marcial Taborga Collao, Humberto Paiva Passero y Héctor Mardones Echeverría, por el acto arbitrario e ilegal ejecutado el 13 de octubre de 2022, que denegó la Libertad Condicional del amparado, fundado en que no cumplía con el requisito previsto en el artículo 2 N° 3 del DL. 321, ya que el informe psicosocial indica que “el postulante cuenta con antecedentes penales pretéritos, registrando cuatro condenas previas a la actual, en condena anterior participó en programa de intervención y fue beneficiado con libertad condicional, cumpliendo regularmente por cerca de un año, hasta que fue revocada por comisión de nuevo delito, revinculándose con pares que conoció en condena anterior. El solicitante valida las acciones criminógenas y potencia a otros respecto de las ventajas de mantener acciones delictuales, cuenta con creencias arraigadas en lo criminógeno, presentado acciones manipulativas que le permiten conseguir sus objetivos. Su participación en el programa de reinserción social ha sido ambivalente, mostrándose renuente a participar en algunas actividades de su plan de intervención, asimilando escasamente lo abordado, por sus ideas rígidas y la validación de acciones ilícitas, por lo que el proceso interventivo ha tenido escaso impacto, el que se centra principalmente en la regularidad laboral y avance educacional adquiridos en contexto de reclusión. No genera análisis en torno a las víctimas, justificando sus acciones, no logrando visualizar la gravedad del daño generado a aquellas, centrá
Fundamentos
considerandos anteriores, esta Corte considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle el beneficio de la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo se declara: que SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don el abogado don Max Troncoso Moreno, en favor de ROBERTO EDUARDO VARAS TAPIA, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 13 de octubre de 2022. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 379-2022/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el diez de noviembre del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, interponiendo Recurso de Amparo en favor de don ROBERTO EDUARDO VARAS TAPIA, cédula de identidad N° 15.772.743-5, actualmente cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Talca; en contra de
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