SIN INFORMACION

CORTÉS / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Que, se deduce recurso de amparo en favor Moisés Rodrigo Cortés Orellana, actualmente privado de libertad en Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, que de manera ilegal y arbitraria, mediante resolución N° 1162-2022 de fecha 5 de octubre de 2022, rechazó la solicitud de libertad condicional del amparado. Señala que el recurrente, de 47 años, cumple una condena de 541 días por delito de robo en bien nacional de uso público, que inició el 21 de octubre de 2021, con fecha de término el 9 de abril de 2023,

Fundamentos

considerando 5 días de abono, y que de acuerdo a lo informado por Gendarmería su tiempo mínimo de postulación al beneficio se cumplió el 13 de julio de 2022. Argumenta que el amparado reúne la totalidad de los requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, de acuerdo al artículo 2 del Decreto Ley N° 321 de 1925, entre ellos, el tiempo mínimo y muy buena conducta. De esta forma, señala que la recurrida al rechazar la libertad condicional del postulante, ha exigido a éste requisitos que exceden aquellos establecidos en el Decreto Ley mencionado. En ese orden de ideas, solicita que se declare la ilegalidad de la resolución recurrida, la que ha afectado su garantía constitucional contemplada en el artículo 19 n°7 de la Constitución Política de la República, y se ordene la inmediata libertad del amparado conforme a Derecho. Que, evacúa informe la Comisión de Libertad Condicional, acompañando la resolución que indica los motivos por los cuales el beneficio fue desestimado, el que se basa en el contenido del informe de postulación, el que no resulta favorable al efecto. Que, evacúa informe Gendarmería de Chile, acompañan el formulario único de postulación, informe psicosocial y demás antecedentes que constan en el proceso de postulación al beneficio del amparado. Que, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que por la vía del presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad de la resolución emanada de la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual la recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado, según el razonamiento en ella contenido. Segundo: Que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional no es ilegal, pues se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio por el artículo 5° del Decreto Ley N° 321 de 1925, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N° 21.124, publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, resulta

Fallo

por tanto manifiesto que la Comisión recurrida tiene la facultad de ponderar los antecedentes que le sean presentados y, conforme a ellos decidir fundadamente sobre la solicitud. Es precisamente el mérito de dicho informe lo que sustenta la resolución impugnada, tal como lo ha expresado el Presidente de la Comisión. Que, dicho informe indica que el interno no goza de beneficios intrapenitenciarios, mantiene mediano compromiso delictual, registra faltas al régimen interno, y arroja un riesgo de reincidencia medio, registra condenas previas, tiene altas necesidades de intervención, mantiene una actitud procriminal, con escaso acatamiento de normas y convenciones sociales. Cuarto: Que, de este modo, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negativa, la Comisión no ha infringido la normativa legal precitada, por lo que no existe antecedente alguno que dé cuenta que la recurrida haya vulnerado la garantía constitucional del artículo 19 N°7 letra b), motivo por el cual la presente acción será rechazada. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Moisés Rodrigo Cortés Orellana, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso. Decisión acordada con el voto en contra de la Ministra señora Donoso, qu

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: Que, se deduce recurso de amparo en favor Moisés Rodrigo Cortés Orellana, actualmente privado de libertad en Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, que de manera ilegal y arbitraria, mediante resolución N° 1162-2022 de fecha 5 de octubre de 2022, rechaz

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