C/ EDDY COLON ALVAREZ LADINES
Rol
Fecha
16 de noviembre de 2022
Materia
CONDUCCION BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL (196 C INC. 1 LEY 18.290
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 18.216, para determinar las consecuencias que se impondrán en caso de incumplimiento del régimen de ejecución de las penas sustitutivas de que trata esta ley, existen dos reglas, De acuerdo a la primera, tratándose de un incumplimiento grave o reiterado de las condiciones impuestas y atendidas las circunstancias del caso, el tribunal deberá revocar la pena sustitutiva impuesta o reemplazarla por otra pena sustitutiva de mayor intensidad. Con arreglo a la segunda, tratándose de otros incumplimientos injustificados, el tribunal deberá imponer la intensificación de las condiciones de la pena sustitutiva, la que consistirá en establecer mayores controles para el cumplimiento de dicha pena. Segundo: Que el supuesto de hecho de aplicación del precepto recién transcrito es que exista incumplimiento injustificado del régimen de ejecución de la pena sustitutiva de que trate y ese supuesto no se configura en el caso de la especie. En efecto, luego de la satisfacción, de acuerdo al calendario de ejecución de actividades trazado, de las cinco primeras horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad (de las ochenta y una impuestas), la autoridad administrativa suspendió el cumplimiento de la pena en razón de las medidas impuestas como consecuencia de la pandemia de COVID-19, luego de lo cual, cuando se pretendió el reinicio, el condenado se encontraba impedido de presentarse ante la esa misma autoridad, pues se hallaba sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total impuesta en otro proceso seguido en su contra. Como puede advertirse, no existe período en que hallándose el condenado en condiciones de presentarse a servir la pena, no lo haya hecho de manera injustificada y ello impide estimar configurados los presupuestos legales que autorizan la revocación de la pena sustitutiva. Tercero: Que, en consecuencia, deberá enmendarse la decisión de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el artículo 37 de la Ley N° 18.216, se revoca la resolución de catorce de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT N° 2252-2019, RUC N° 1900258793-1, y se declara en su lugar que se mantiene al condenado Eddy Colón Álvarez Ladines en el goce de la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad que le fuera impuesta como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y lesiones leves. Comuníquese de inmediato lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Penal 4367-2022 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciséis de noviembre de dos mil veintidós. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-4367-2022 Ruc: 1900258793-1 Rit : O-2252-2019 Juzgado: 9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señora Jessica De Lourdes Gonzalez Troncoso, señor Jaime Balmaceda Errazuriz y el Abogado Integrante señor Claudio Gonzalo García Lamas Relator: Carolina Morales Ram
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