VALDEBENITO JIRON EDUARDO - ARAVENA LAZO JORGE - LUCERO ZAMORANO SYLVIA Y OTROS
Rol
Fecha
16 de noviembre de 2022
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su
Fundamentos
considerando Undécimo, que se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Que no existe prueba para demostrar la existencia del daño moral demandado, siendo de cargo del actor el onus probandi al respecto y, en efecto, ya es inconcuso que todo daño, incluido el extrapatrimonial debe ser objeto de prueba, sin que se le pueda dar por supuesto por la judicatura. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia de seis de septiembre de dos mil diecinueve, escrita de fojas 87 a 90, en aquella parte que acogió la demanda de resarcimiento por daño moral y otorgó $300.000 al actor por este concepto, rechazándosela en este extremo. Se confirma, en los demás apelado, la mencionada sentencia. N°Policía Local-420-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de noviembre de dos mil veintidós. A los folios 9, 10 y 11: A todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su considerando Undécimo, que se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Que no existe prueba para demostrar la existencia del daño moral demandado, siendo de cargo del actor el onus probandi al respe
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