SIN INFORMACION

CRUZADO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

16 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 17 de agosto de 2022, comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de don Luis Eduardo Cruzado Martínez, venezolano, domiciliado en Real Audiencia #1160, comuna de San Miguel, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión de pronunciamiento, acerca de su solicitud de regularización migratoria. Indica que, el 8 de diciembre de 2021, el recurrente solicitó la regularización migratoria, pero a la fecha no ha recibido respuesta lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre. Sostiene que dicha omisión afecta el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19, número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880. Solicita que se ordene al recurrido que se pronuncie en un plazo no superior a 30 días corridos, todo lo anterior con expresa condena en costas. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, señalando que el 8 de diciembre de 2021, el recurrente solicitó ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública regularizar su situación migratoria en virtud del Proceso de Regularización contemplado en el artículo 8° transitorio de la Ley 21.325. Añade que, mediante la Resolución Exenta N° 21383692, de 8 de diciembre de 2021, del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, la solicitud de regularización del recurrente se acogió a trámite, precisando que la solicitud del recurrente se encuentra en trámite, en etapa de análisis. Tercero: Que el 15 de noviembre de 2022, el Servicio Nacional de Migraciones amplía su informe, señalando que por Resolución Exenta N°22392585, de 2 de septiembre de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones, se regularizó la condición migratoria de don Luis Eduardo Cruzado Martínez y se le otorgó una

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en beneficio de Luis Eduardo Cruzado Martínez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 20.869-2022 Protección.

Texto Completo (Preview)

Certifico que alegó contra el recurso la postulante Olenka Reynoso. San Miguel, 16 de noviembre de 2022. Enrique Cossio, relator San Miguel, dieciséis de noviembre de dos mil veintidós. Al escrito folio 11 y 13: a lo principal, téngase presente; Al otrosí, a sus antecedentes. Al folio 12: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 17 de agosto de 2022, comparece Pablo Daniel P

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