GAVIRIA /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
16 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Irene Levy Valenzuela quien en favor de Jhon Haver Gaviria Carvajal, colombiano, con domicilio en Eyzaguirre 2070, cerro ballena casa 46 , comuna de Puente Alto, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su petición de permanencia temporaria solicitada el 4 de marzo de 2022, lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo de los derechos consagrados en el artículo 19 N°2 y N°16 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida el otorgamiento del acto administrativo terminal referente a la permanencia temporal del recurrente. Segundo: Que informó Julián Salviat Silva, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes al no existir un acto u omisión de su parte que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de las garantías constitucionales señaladas. Indica que el 4 de marzo de 2022, el recurrente presentó una solicitud de regularización migratoria para acceder a un permiso de residencia temporaria, invocando la facultad extraordinaria de Sr. Subsecretario del Interior establecida en el artículo 91 N° 8 del Decreto Ley N° 1.094 de 1975, antigua Ley de Extranjería. Agrega que la solicitud de regularización realizada se encuentra actualmente en trámite, la cual será remitida al Ministerio del Interior y Seguridad Pública en su oportunidad. Luego de señalar la naturaleza del proceso de regulariza
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Jhon Haver Gaviria Carvajal en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto, se dispone que esta repartición deberá remitir en el plazo de treinta días corridos los antecedentes pertinentes al Ministerio del Interior y Seguridad Pública para el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud planteada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°21.405–2022 Protección
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó por el recurso la abogada Irene Levy Valenzuela y en contra de éste el abogado Vicente Venegas Vicente. San Miguel, 16 de noviembre de 2022. San Miguel, dieciséis de noviembre de dos mil veintidós. A los folios 11, 12 y 13: Téngase presente Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Irene Levy Valenzuela quien en favor de Jhon Haver Gaviria Carvajal,
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