REGISTRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
16 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica en representación de Lovely Registre, de nacionalidad haitiana, cédula nacional de identidad N°26.683.667-8, ambos domiciliados para estos efectos en Club Hípico Nº 4676, piso 7 B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la visa de permanencia definitiva solicitada. Explica que su representada solicitó el permiso referido el 26 de septiembre de 2021 y que a la fecha no se ha dictado el acto terminal respectivo, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre, vulnerándose el derecho a la igualdad ante la ley en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir en el actuar de la autoridad pública. Pide que se ordene al organismo recurrido dar curso progresivo a los autos administrativos tan rápido como sea posible y dictar el acto administrativo terminal respectivo. Segundo: Que informa al tenor del recurso Francisco Javier Errázuriz Quiroz, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo y alegando la improcedencia de la condena en costas. Indican que la solicitud de la recurrente se encuentra en trámite, actualmente en etapa de “análisis I”. Afirma que estando en tramitación la solicitud, la recurrente mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, su cédula de identidad se encuentra vigente, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Lovely Registre, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 21.886-2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dieciséis de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica en representación de Lovely Registre, de nacionalidad haitiana, cédula nacional de identidad N°26.683.667-8, ambos domiciliados para estos efectos en Club Hípico Nº 4676, piso 7 B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, para deducir recurso de protección e
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica