ZAMORA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
16 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece don Gonzalo Patricio Morales Morales, Abogado, Defensor Penal Penitenciario, en representación del condenado ESTEBAN YUSSEPPE ZAMORA VALENCIA; quien interpone Recurso de Amparo en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALPARAÍSO CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO SEMESTRE DE 2022, presidida por el señor ministro don Alejandro García Silva. Señala que su representado en atención a que, conforme a las estadísticas de Gendarmería de Chile, satisface tanto el tiempo mínimo como la conducta necesaria durante el cumplimiento de su pena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, postuló a la libertad condicional correspondiente al segundo semestre de 2022. Según lo informado por la autoridad penitenciaria el amparado cumple condenas de 3 años y 1 día más 61 días por robo en lugar habitado o destinado a la habitación y amenazas simples desde el 17 de noviembre de 2020 hasta el 18 de enero de 2024; su tiempo mínimo para acceder a la libertad condicional corresponde al 29 de diciembre de 2022; su conducta ha sido calificada como “muy buena” los cuatro bimestres anteriores a la postulación y satisface los demás requisitos legales, no obstante lo cual su postulación ha sido rechazada por la Comisión de Libertad Condicional. Previas citas legales, solicita que se otorgue al actor el beneficio de cumplir bajo el régimen de libertad condicional el saldo de la pena que actualmente sirve. Acompaña documento al recurso. A folio 4, informa el SR. LEONARDO ARAVENA REYES, PRESIDENTE (S) DE LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE ESTA CORTE DE APELACIONES, y adjunta copia de la resolución que por esta vía se impugna, la que consigna los
Fundamentos
fundamentos que dicho organismo tuvo en consideración al momento de dictarla. A folio 5, informa el ALCAIDE DEL CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO DE VALPARAÍSO, y remite antecedentes del amparado, de los que se colige, además de lo ya dicho, que este no goza de beneficios intrapenitenciarios, tiene 9 bimestres de conducta muy buena, y ha realizado trabajos de aseador de modulo y artesano en madera, durante los años 2021 y 2022, sin haber realizado capacitaciones. A folio 6, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Que la resolución reclamada ha sido dictada por autoridad competente, en el uso de sus facultades y premunida de fundamentación suficiente, de suerte tal que no se advierte ninguna ilegalidad que permita acoger la acción de que se trata.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Esteban Yusseppe Zamora Valencia contra la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2331-2022.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, comparece don Gonzalo Patricio Morales Morales, Abogado, Defensor Penal Penitenciario, en representación del condenado ESTEBAN YUSSEPPE ZAMORA VALENCIA; quien interpone Recurso de Amparo en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALPARAÍSO CORRESPONDIENTE AL SEG
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