MUNICIPALIDAD DE MULCHEN/CARLOS CAMILO ALFREDO CUZMAR LATORRE
Rol
Fecha
15 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Comparece CARMEN BUSTAMANTE RIFO, abogada, en representación, de la MUNICIPALIDAD DE MULCHEN, persona jurídica de derecho público, representada por su Alcalde don JORGE ALBERTO RIVAS FIGUEROA, todos domiciliados para estos efectos en calle Aníbal Pinto N° 495 de Mulchén e interpone recurso de protección contra don Carlos Camilo Alfredo Cuzmar Latorre, ignoro profesión u oficio, domiciliado en calle Salvo N° 1206, de la comuna de Mulchén, por haber incurrido en el acto ilegal y arbitrario de haber impedido el acceso a un paso habilitado existente a continuación de la calle Manuel Montt de la ciudad de Mulchén, por haber cercado dicho acceso, lo cual obstaculizó la función de recolección de los sumideros de agua lluvia existentes los cuales se encuentran conectados a la red colectora de aguas lluvias e impidió el tránsito, circulación y acceso de los vecinos del sector a las viviendas allí existentes y a la comunidad en general. Señala que existe en la comuna de Mulchén, una franja de terreno que se conoce por toda la comunidad como “prolongación de calle Manuel Montt”, la cual como su nombre lo indica se encuentra ubicada a continuación de la calle Manuel Montt existente, iniciando precisamente su extensión en la intersección de calle Soto con Manuel Montt y prolongándose dicha franja hasta la Avenida Parque del Bureo. Dicha franja de terreno ha sido utilizada consuetudinariamente por los habitantes del sector y, en general, por toda la comunidad para transitar a través de ella y conectar con otras calles, como lo es Avenida Parque del Bureo y Avenida Matta, como también permite el ingreso a una Iglesia existente en dicho sector, cancha de futbol y Parque Villa las Peñas, siendo su uso por un lapso de tiempo mayor a 30 años, existiendo huella cierta. Para ello se adjunta una serie de capturas del sector obtenidas desde la aplicación google earth, que inician desde el año 2001, en donde ya se logra advertir la existencia de dicha franja de terreno la cual es
Fundamentos
considerandos anteriores, años atrás habría cedido todos los derechos que por sí y en calidad de mandatario de los demás herederos de la sucesión del Sr. Iván Calderón Jara, les correspondían, a Jorge Alejandro Guzmán Baigorría. Dicho contrato privado de promesa de compraventa fue celebrado con fecha 10 de Junio de 2022 y protocolizado ante el Notario Público de Los Ángeles, Sr. Juan Mauricio Araneda Medina. En ese mismo acto se le informa que debe ingresar a la Dirección de Obras Municipales los antecedentes respectivos según sea el caso de un loteo o subdivisión, mientras ello no suceda resulta improcedente efectuar el cierre perimetral realizado. A modo ejemplificador, el set de fotografías certificadas por el Sr. Notario Público de la comuna de Mulchén dan cuenta del cierre realizado por el recurrido. Denuncia el entorpecimiento de la vida normal de los vecinos del sector, y de la comunidad mulchenina en general, al haber el recurrido cerrado la denominada prolongación de calle Manuel Montt, producto de este mismo cierre, se impidió la recolección de las aguas lluvias que corren de oriente a poniente desde calle Manuel Montt y que convergen en 2 sumideros de aguas lluvias que se encuentran emplazados frente a frente el uno del otro, en los dos extremos de la intersección de calle Soto con Manuel Montt, produciéndose, producto de las precipitaciones, una inundación en dicha intersección, situación que fue manifestada por la Presidenta de la Junta de Vecinos N°7 Villa las Peñas de Mulchén, Sra. Verónica Hormazábal, mediante carta ingresada a través de Oficina de Partes de este municipio, con fecha 04 de Julio del presente, situación que vuelve a generar otro perjuicio, a parte del ya cometido con el cierre de dicha prolongación de calle, a los vecinos colindantes y demás personas que transitan por esta intersección. Añade que producto de la información proporcionada por la dirigente indicada, con fecha 05 de Julio se procedió a notificar al recurrido el Memo N°126 de fecha 01 de Julio de 2022 del Director de Obras Municipales, solicitándole regularizar la situación respecto del lugar donde emplazó el cierre, ya que no existe expediente en la Dirección de Obras Municipales que individualice o reconozca el lote. Y, además, el mismo día producto de la gran acumulación de agua que no fue absorbida por los sumideros de agua lluvia al haber sido obstruidos por recurrido con el cierre realizado, los Inspectores Municipales procedieron, con la misma fecha a notificarlo mediante boleta de notificación N°2269 requiriendo la liberación de dichos sumideros ubicados en calle Soto esquina Manuel Montt, en el plazo de 1 día, lo cual no ha sido efectuado a la fecha de interposición del presente recurso. Expone que, la instalación de este cierre perimetral por parte del recurrido, constituye claramente una alteración a una situación de hecho preexistente, cuya ejecución se presenta como una acción carente de la necesaria prudencia, toda vez que limita la vid
Fallo
por tanto, desde el año 1995, fecha desde la cual data la inscripción, un reconocimiento expreso de la existencia de la prolongación de dicha calle. 10. Suma a todo lo dicho anteriormente, que revisado el portal web del Servicio de Impuestos Internos www.sii.cl/avalúosycontribucionesdebienesraíces/MapasDigitales, es posible advertir que en la cartografía de dicho Servicio, se hace mención a la franja de terreno objeto de este recurso, como una continuación de calle Manuel Montt, proyectando dicha calle hasta la intersección de Avenida Costanera del Bureo, fotografía que se acompaña a esta presentación y que da cuenta de lo dicho. Y durante el 25 de Junio del presente año, los vecinos del sector informan al Municipio, específicamente al Director de Obras Municipales, que dicha prolongación de calle ha sido cerrada por una persona, desconocen mayor información, solo refieren que la franja de terreno que constituye la prolongación de calle Manuel Montt ha sido cerrada con panderetas. Ante dicha situación inspectores municipales se constituyeron el mismo día en el lugar pudiendo constatar in situ que efectivamente la franja de terreno individualizada como prolongación de calle Manuel Montt se encontraba cerrada con pandereta. Dice que de esta inspección se levantó un Acta de Fiscalización la cual fue firmada por el Sr. Jonathan Riveros Rocha, Coordinador de Inspección y Fiscalización de la Municipalidad de Mulchén. A su vez, dicho Inspector le informó a don Camilo Alfredo Cuzma
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Concepción, quince de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece CARMEN BUSTAMANTE RIFO, abogada, en representación, de la MUNICIPALIDAD DE MULCHEN, persona jurídica de derecho público, representada por su Alcalde don JORGE ALBERTO RIVAS FIGUEROA, todos domiciliados para estos efectos en calle Aníbal Pinto N° 495 de Mulchén e interpone recurso de protección contra don Carlos Camilo Alfredo
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