ARIAS/SALINAS
Rol
Fecha
15 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: 1°.- Que comparece el abogado don Patricio Salgado González, Abogado de la Corporación de Asistencia Judicial Bio Bio, Unidad de Defensa Jurídica de Personas Mayores para la Región de Ñuble, en favor de don Alejandro de La Cruz Arias Lagos, interponiendo recurso de protección en contra de ELEAM Residencia Geriátrica San Sebastián, representada por don Frank Dennis Salinas Astudillo. Expone que, en su calidad de curador ad litem, fue designado en causa de violencia intrafamiliar RIT F-165-2022 del Juzgado de Letras de Yungay, por denuncia efectuada por la recurrida en contra de la hija de don Alejandro Arias, doña Ana Arias Bravo, y cuya tramitación judicial se encuentra actualmente concluida, por sentencia de 03 de agosto de 2022. En la sentencia que declaró el rechazo de dicha denuncia, se ordenó, en forma accesoria, oficiar al Hospital de El Carmen para que informase sobre el estado de salud y los controles médicos practicados al señor Arias Lagos desde el 16 de febrero de 2022, fecha de ingreso a la institución recurrida. Este oficio lo ordenó el Tribunal, a requerimiento del curador, en razón a las incongruencias entre el estado de salud expuesto en la denuncia formulada por la recurrida y los necesarios controles médicos conforme a dicho estado, los cuales no existía certeza de que se estuvieren cumpliendo, en orden a la responsabilidad que a todo Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores le corresponde. Agrega que, no obstante el término de la causa señalada, en la carpeta virtual de la misma, con fecha 26 de septiembre de 2022, disponible para su visualización a partir del día 27, la Sra. Directora del Hospital Comunitario de Salud Familiar de El Carmen, doña Ingrid Ortiz Pino, remitió informe confidencial de antecedentes de salud y procesos de intervención de don Alejandro Arias Lagos. Este informe, datado el 22 de septiembre de 2022 y suscrito por la Trabajadora Social del mismo establecimiento hospitalario, doña María Jesús Muñoz Mora,
Fallo
fallo aludido, el recurso no podrá prosperar, por no aparecer de su lectura, una obligación clara hacia la recurrida. 11º.- Que sin perjuicio de lo expuesto, y atendido que la acción en estudio, igualmente se ha fundado en la insuficiencia de los cuidados brindados por la recurrida a don Alejandro Arias Lagos, se analizará la situación planteada. Cabe anotar entonces, que los antecedentes allegados, demuestran que el señor Arias, es un varón de 83 años que presenta múltiples patologías, tales como accidente vascular encefálico agudo, dependencia severa (en marzo de 2022), secuela de HIC talámica izquierda ICH 2, HTA crónica, ERC etapa IV, artrosis, secuela de TBC pulmonar antigua, condición que exige una evaluación periódica por un profesional médico, lo que no se ha cumplido y no puede suplirse con la asistencia del personal de la recurrida. 12°.- Que, en las condiciones descritas, el señor Arias Lagos es una persona mayor en situación de vulnerabilidad, y por ende, sujeto de especial protección, tal como lo mandata la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, promulgada por Decreto N° 162 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el D.O el 7 de octubre de 2017, cuyo objeto -según el tenor del artículo 1°- es “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribui
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Chillán, quince de noviembre de dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que comparece el abogado don Patricio Salgado González, Abogado de la Corporación de Asistencia Judicial Bio Bio, Unidad de Defensa Jurídica de Personas Mayores para la Región de Ñuble, en favor de don Alejandro de La Cruz Arias Lagos, interponiendo recurso de protección en contra de ELEAM Residencia Geriátrica San Sebastián, represen
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