BANCO DE CREDITO E INVERSIONES CON SOVINO MUÑOZ
Rol
Fecha
15 de noviembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y dada la actual redacción del artículo 197 del Código de Procedimiento Civil, conforme a la cual no resultaba procedente declarar el desistimiento del recurso, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del referido cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de siete de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, en los autos RIT C-3729-2012, y en su lugar se declara que el tribunal a quo deberá dictar las resoluciones correspondientes para dar curso al recurso de apelación concedido. Devuélvase. N° Civil-1604-2022.
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá dictar las resoluciones correspondientes para dar curso al recurso de apelación concedido. Devuélvase. N° Civil-1604-2022.
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, quince de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y dada la actual redacción del artículo 197 del Código de Procedimiento Civil, conforme a la cual no resultaba procedente declarar el desistimiento del recurso, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del referido cuerpo legal, se revoca la resolución apelad
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