SIN INFORMACION

HUARAHUARA/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA, SERVICIO DE GOBIERNO INTERIOR

Rol

Fecha

15 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) A folio 1, con fecha 6 de octubre pasado, pasado, comparece el abogado don Alejandro Majoo Morgado, actuando en favor de don Guido Huarahuara Porco, boliviano, pasaporte N°LE44076, empleado, con domicilio en Avenida Chacabuco 250, departamento 250, Copiapó, Región de Atacama, interponiendo acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior Servicio Nacional de Migraciones, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, R.U.T. N° 60.511.000-2, representado legalmente por don Luis Eduardo Thayer Correa, o quien haga las veces de tal, con domicilio en calle Matucana 1223, comuna de Santiago, por infringir las garantías constitucionales establecidas en los numerales 1, 2, 9 inc. final, 16 y 24, del art. 19 de la Carta Fundamental, según pasa a exponer. Refiere que don Guido Huarahuara Porco, con fecha 4 de enero de 2022, decidió acogerse al proceso de regularización migratoria, según consta en solicitud Nº37731865, sin embargo, luego de transcurridos más de ocho meses, aún no obtiene respuesta alguna de parte del Servicio recurrido, razón por la cual actualmente se encuentra en situación migratoria irregular. Hace presente que el recurrente no tiene antecedentes penales en Chile ni en su país de origen y además, trabaja normalmente desde su llegada al país, siendo indudablemente un aporte a la sociedad. En cuanto a las garantías constitucionales invocadas, indica que la situación descrita mantiene al recurrente en un estado de permanente angustia y desesperación, afectando directamente su integridad psíquica, se encuentra en una situación de extrema vulnerabilidad, sobre todo ante la incertidumbre de saber si podrá permanecer y ejercer su derecho a trabajar. Esta situación –prosigue- además le ha impedido adquirir toda clase de bienes corporales o incorporales ya que cualquier compra -de televisor, electrodoméstico u otro bien-, no puede esta

Fallo

Por tanto, en virtud de las consideraciones anteriores, teniendo presente que esa autoridad ha actuado con estricto apego a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, reitera su solicitud de rechazo del recurso, así como de la condena en costas a ese Servicio. En un otrosí acompaña Resolución Exenta N° 22001212, de 04 de enero de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones 3°) El recurso de protección es una acción constitucional que persigue restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado cuando, por causa de alguna acción u omisión arbitraria o ilegal cometida por un tercero, aquél sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías fundamentales protegidas por la Constitución Política. Por lo anterior, atendida la especial naturaleza tutelar del recurso de protección, para que pueda prosperar es indispensable que: a. quien lo intente deba acreditar la existencia del derecho fundamental y que éste lo favorezca; b. que el derecho esté claramente establecido y determinado y que corresponda a los referidos en el artículo 20 de la Constitución Política de la República; y c. como asimismo, que la arbitrariedad o la ilegalidad que afecta el derecho haya resultado comprobada y produzca perturbación, privación o amenaza en el ejercicio legítimo del derecho garantizado por la carta fundamental. 4°) Para analizar la situación planteada por el recurrente deberá establecerse la efectividad de los h

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, quince de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) A folio 1, con fecha 6 de octubre pasado, pasado, comparece el abogado don Alejandro Majoo Morgado, actuando en favor de don Guido Huarahuara Porco, boliviano, pasaporte N°LE44076, empleado, con domicilio en Avenida Chacabuco 250, departamento 250, Copiapó, Región de Atacama, interponiendo acción de

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