EMA MIRANDA SEPULVEDA CON CECILIA VALENZUELA PIZARRO
Rol
Fecha
15 de noviembre de 2022
Materia
AMPARO, QUERELLA DE
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que consta que se ha dictado una interlocutoria de prueba que el procedimiento de que se trata no permite, de acuerdo a su carácter sumarísimo y sin que se haya citado a las partes a una audiencia indicándoles que debían concurrir con sus testigos y demás medios probatorios, como lo dispone el artículo 552 del Código de Procedimiento Civil, en uso de las facultades conferidas por el artículo 84, inciso final, del código de enjuiciamiento referido y a fin de corregir este procedimiento, actuando esta Corte de oficio, se anula todo lo obrado en la causa tramitada ante el Cuarto Juzgado Civil de San Miguel, en los autos Rol C-3656-2020, retrotrayendo el estado de la misma al de proveer la querella de amparo y restitución, como en derecho corresponde. Devuélvase. N° 1507-2022- Civil.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, quince de noviembre de dos mi veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que consta que se ha dictado una interlocutoria de prueba que el procedimiento de que se trata no permite, de acuerdo a su carácter sumarísimo y sin que se haya citado a las partes a una audiencia indicándoles que debían concurrir con sus testigos y demás medios probatorios, como lo dispone
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