3º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

15 de noviembre de 2022

Materia

ALIMENTOS, CESACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma en lo apelado la resolución dictada el veintiséis de abril del año dos mil veintiuno, por el 3° Juzgado de Familia de Santiago. Devuélvase vía interconexión. N° 2232-2021-Familia

Texto Completo (Preview)

Alegaron, previo anuncio y relación pública, el abogado don Carlos Cáceres y el abogado don Gustavo Menéndez por y contra el recurso. Santiago, 15 de noviembre de 2022. Alejandra Soto Nilo, relatora. Santiago, quince de noviembre de dos mil veintidós. A los escritos folios N° s 11 y 12: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artícul

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica