JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

CASTILLO/SERVICIOS GENERALES FALABELLA NORTE SPA.

Rol

Fecha

15 de noviembre de 2022

Materia

SUBTERFUGIO

Resultado

SENTENCIA DE REMPLAZO

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Hechos

VISTO: Se reproducen los

Fundamentos

considerandos tercero y séptimo de la sentencia dictada respecto del recurso de nulidad. Asimismo, se reproduce la sentencia anulada, pero se elimina su considerando vigésimo segundo. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: 1°) Que en lo que respecta a la pretensión de la demandante, acerca de que se le restituya el descuento efectuado en el finiquito, correspondiente al aporte del empleador al seguro de cesantía, por la suma de $ 561.030, ella deberá ser acogida, por cuanto se ha determinado que el despido de que fue ella objeto -fundado en la causal del inciso 1° del artículo 161 del Código del Trabajo-, no se ajustó a derecho y fue indebido, no resultando entonces procedente el referido descuento efectuado por el empleador respecto de la indemnización por años de servicios, relativo al aporte del empleador al fondo de cesantía. 2°) Que, por consiguiente, se acogerá también la demanda a su respecto.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme con las normas que han sido reproducidas, se declara: I.- Que SE ACOGEN las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva opuestas por las demandadas Banco Falabella, SACI Falabella, Promotora CMR Falabella S.A. y Falabella inversiones Financieras S.A. II.-Que SE RECHAZA la solicitud de declaración de empleador único o unidad económica solicitada por la demandante, respecto de todas las demandadas. III. Que SE RECHAZA la demanda respecto al cobro de indemnización de perjuicios por accidente de trabajo; al cobro del recargo del 30% de la indemnización sustitutiva de aviso previo y a las diferencias de montos en el pago de las indemnizaciones por años de servicios e indemnización sustitutiva de aviso previa. IV.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por doña María Alejandra Castillo Vera, en contra de la demandada FALABELLA RETAIL S.A., RUT 77.261.280-K, representada legalmente por don CARLO SOLARI DONAGGIO, solo en cuanto se declara que el despido de que fue objeto con fecha 24 de julio de 2020 fue injustificado, y se condena a la demandada Servicios Generales Falabella Retail, Rut 96.579.870-6, a pagar a la demandante el recargo del 30% de la indemnización por años de servicios, equivalente a la suma de $ 930.224. IV.- Que SE ACOGE también la demanda, en lo relativo al reintegro que debe efectuar la demandada, por el descuento efectuado en razón de AFC, ascendente a la suma de $ 561.030. V.- En la etapa procesal correspondiente, s

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Vim. C.A. de Valparaíso SENTENCIA DE REEMPLAZO. Valparaíso, quince de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: Se reproducen los considerandos tercero y séptimo de la sentencia dictada respecto del recurso de nulidad. Asimismo, se reproduce la sentencia anulada, pero se elimina su considerando vigésimo segundo. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: 1°) Que en lo que respecta a la pretensió

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