JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

HERNAN ARIEL CIFUENTES ESPINOZA CON IMA INDUSTRIAL SPA Y OTRA

Rol

Fecha

15 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA, SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En este proceso R.U.C. 22- 4-0381137-1, R.I.T. O-114-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, correspondiente al Rol N° 591-2022 del ingreso laboral de esta Corte de Apelaciones, el abogado Cristóbal Schmidt Fuenzalida, en representación de la demandada Linde Gas Chile S.A, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 02 de agosto de 2022, con el fin que éste sea acogido, se invalide la sentencia, debiendo proceder a dictar el correspondiente fallo de reemplazo, en el cual se rebaje sustancialmente el monto de la indemnización. El mencionado impugnante fundó su recurso de nulidad en las causales contempladas en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por cuanto, en su opinión, la sentencia definitiva ha sido dictada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Asimismo, el abogado Diego Sebastián Alegría Maluenda, en representación de la demandada IMA Industrial SpA, dedujo recurso de nulidad en contra de la referida sentencia definitiva, con la finalidad que esta Corte lo acoja, anule el fallo, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo que rechace en todas sus partes la demanda; o que en subsidio, reduzca sustancialmente el monto de la condena de indemnización por daño moral. Invocó las causales contempladas en los artículos 478 letras e) y b); como asimismo la del artículo 477 del Código del Trabajo, unas en subsidio de las otras. Declarados admisibles los recursos, se incluyeron en tabla y se procedió a su vista en la audiencia fijada al efecto, con intervención en estrados de los abogados de las partes. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: 1°) Que a modo de contexto, se estima necesario señalar que compareció en esta causa Hernán Ariel Cifuentes Espinoza, Técnico en Automatización y Control Industrial, y dedujo demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, en contra de su ex empleador IMA Industrial Ltda. (Instrumentación Menchaca Amadori), en adelante, “IMA”, por su responsabilidad directa; y en contra de la empresa mandante o principal LINDE Gas Chile S.A., en adelante, “LINDE”, por su responsabilidad directa conforme al artículo 183-E y en subsidio, por su responsabilidad solidaria y/o subsidiario conforme a los artículos 183-B, 183-C y 183-D, todos del Código del Trabajo. Los hechos que motivaron la demanda consisten, en síntesis, en que el 23 de julio 2018 alrededor de las 11:00 horas, mientras se encontraba instalando un controlador de temperatura de una Bomba Criogénica Lox, tras realizar los bloqueos eléctricos respectivos en el tablero asociado a Bomba Lox, con el operador líder de la empresa Linde, Roberto Reyes, procedió a la desconexión del controlador de temperatura. Al momento de la desconexión de los cables de alimentación 220 (v) del controlador, con el equipo ya bloqueado y con energía 0 (v) repentinamente se energiza uno de los cables desconectados, recibiendo una carga eléctrica que ingresó por su mano y brazo izquierdo, lanzándolo hacia atrás. Dice que de esta circunstancia, da aviso inmediato a su Supervisor IMA, Julio Abaroa, de que se había electrocutado, sintiendo en ese momento un fuerte dolor que no le permitía controlar los movimientos de su mano y extremidad izquierda. Se dijo en la demanda que el referido accidente se debió a la falta de adopción de las medidas de seguridad por parte de las empresas demandadas. En razón de lo anterior, el actor solicitó que se condene a las demandadas a pagar la suma de $50.000.000 cada una, por concepto de daño moral, mas reajustes, intereses y costas. La sentencia impugnada, en lo que interesa a los recursos de nulidad deducidos, resolvió: “I. Que, SE RECHAZA la excepción perentoria de caso fortuito y de aplicación del artículo 2330 del Código Civil, opuestas por los demandados, por los motivos expresados 22 y 23 de autos; II. Que SE ACOGE parcialmente la demanda deducida en cuanto al daño moral, por don HERNÁN CIFUENTES ESPNOZA, en contra de las demandadas IMA INDUSTRIAL LIMITADA, y LINDE GAS CHILE S.A., todos debidamente individualizados; III. Que, en consecuencia, se condena a pagar la suma de $30.000.000 (treinta millones de pesos) por concepto de daño moral, a cada una de las demandadas.”; I.- En cuanto al recurso de nulidad interpuesto por el abogado Cristóbal Schmidt Fuenzalida, en representación de la demandada Linde Gas Chile S.A.: 2°) Que el referido letrado hizo valer en su arbitrio la causal contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por cuanto, en su opinión, la sentencia definitiva ha sido dictada con infracción manifiesta de las normas sobre la

Fallo

fallo de reemplazo, en el cual se rebaje sustancialmente el monto de la indemnización. El mencionado impugnante fundó su recurso de nulidad en las causales contempladas en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por cuanto, en su opinión, la sentencia definitiva ha sido dictada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Asimismo, el abogado Diego Sebastián Alegría Maluenda, en representación de la demandada IMA Industrial SpA, dedujo recurso de nulidad en contra de la referida sentencia definitiva, con la finalidad que esta Corte lo acoja, anule el fallo, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo que rechace en todas sus partes la demanda; o que en subsidio, reduzca sustancialmente el monto de la condena de indemnización por daño moral. Invocó las causales contempladas en los artículos 478 letras e) y b); como asimismo la del artículo 477 del Código del Trabajo, unas en subsidio de las otras. Declarados admisibles los recursos, se incluyeron en tabla y se procedió a su vista en la audiencia fijada al efecto, con intervención en estrados de los abogados de las partes. Con lo relacionado y considerando: 1°) Que a modo de contexto, se estima necesario señalar que compareció en esta causa Hernán Ariel Cifuentes Espinoza, Técnico en Automatización y Control Industrial, y dedujo demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, en contra de su ex empleador IMA Industrial L

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C.A. de Concepción. Concepción, quince de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: En este proceso R.U.C. 22- 4-0381137-1, R.I.T. O-114-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, correspondiente al Rol N° 591-2022 del ingreso laboral de esta Corte de Apelaciones, el abogado Cristóbal Schmidt Fuenzalida, en representación de la demandada Linde Gas Chile S.A, interpuso recurso de nulidad e

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