GONZÁLEZ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DEL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022
Rol
Fecha
15 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 08 de noviembre del presente año comparece don MAX TRONCOSO MORENO, Abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo ROBERTO SEGUNDO GONZALEZ TORO CI. N° 17.903.960-5, actualmente cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Talca y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que el amparado cumple condenas de 541 días de presidio menor en su grado medio y 10 años y 6 meses de presidio mayor en su grado medio, ambas como como autor del delito de robo en lugar habitado, previsto y sancionado en artículo 440 de Código Penal. Ambas condenas fueron impuestas en causa RIT 4029-2010 del Juzgado de Garantía de Linares y RIT 125- 2012 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, respectivamente. Iniciando su cumplimiento el 21 de febrero de 2011 debiendo terminar el 11 de febrero de 2023. En cuanto el tiempo mínimo, éste se cumplió el 15 de febrero de 2019, contando con más de 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…“el postulante cuenta con antecedentes penales pretéritos, manifestando reincidencia criminológica y penal. Actualmente, se encuentra en la etapa final de su plan de intervención, con logros totales y parciales. Ha experimentado avances en áreas de educación y empleo, utilización del tiempo libre y consumo de alcohol y drogas. En actitud y orientación procriminal, mantiene su riesgo en medio, aunque ha modificado sus cogniciones vinculadas al delito, siendo capaz de generar mayor análisis de su conducta y de visua
Fundamentos
considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de ROBERTO SEGUNDO GONZÁLEZ TORO, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 11 de octubre del presente año. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 378-2022/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, quince de noviembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 08 de noviembre del presente año comparece don MAX TRONCOSO MORENO, Abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo ROBERTO SEGUNDO GONZALEZ TORO CI. N° 17.903.960-5, actu
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