RIVERA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
15 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Que a folio 1 comparece Gonzalo Patricio Morales Morales, Defensor Penal Penitenciario, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Cristián Andrés Rivera Ochoa, quien actualmente cumple condena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, con motivo de la resolución N° 1333-2022, de fecha 7 de octubre de 2022, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. En síntesis, expone que se encuentra cumpliendo un saldo de pena de 1640 por revocación de libertad condicional otorgada el segundo semestre del 2018, de una pena original de 10 años y un dia por dos delitos de robo en lugar habitado, más 3 días como sustitutiva de multa. Inició cumplimiento el 9 de abril de 2019, con fecha de término el 4 de octubre de 2023, en tanto el tiempo mínimo de postulación al beneficio de autos es el 6 de julio de 2021. Estima que la Comisión recurrida al decidir rechazar la libertad condicional al amparado, exige requisitos que van más allá de lo prescrito en el DL 321, no
Fundamentos
considerando los factores positivos con que este cuenta. Previas citas legales, solicita que se otorgue al actor el beneficio de cumplir bajo el régimen de libertad condicional el saldo de la pena que actualmente sirve. A folio N°4, informa el Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valparaíso, y remite antecedentes del amparado, de los que se colige, además de lo ya dicho, que este no goza de beneficios intrapenitenciarios, tiene 20 bimestres de conducta muy buena, y ha realizado trabajos, de aseador del módulo que habita, el 2021, y de artesano en madera, en el presente 2022. Participó de una capacitación de un mes y medio el 2015, sobre técnicas de venta y atención al cliente. A folio N°5, informa Sr. Leonardo Aravena Reyes, Presidente (S) de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, y adjunta copia de la resolución que por esta vía se impugna, la que consigna los fundamentos que dicho organismo tuvo en consideración al momento de dictarla. A folio N°6, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Que la resolución reclamada ha sido dictada por autoridad competente, en el uso de sus facultades y premunida de fundamentación suficiente, de suerte tal que no se advierte ninguna ilegalidad que permita acoger la acción de que se trata.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Cristián Andrés Rivera Ochoa, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2308-2022.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: Que a folio 1 comparece Gonzalo Patricio Morales Morales, Defensor Penal Penitenciario, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Cristián Andrés Rivera Ochoa, quien actualmente cumple condena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Cond
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