JIMENEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
15 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: El 9 de septiembre de 2022 se recurre de protección en favor de José de Jesús de los Reyes Jiménez Peña, venezolano, contra el Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones de Chile, porque de forma ilegal y arbitraria no han emitido la resolución que debe decretar su expulsión del territorio nacional por ingreso clandestino, lo que atenta contra su derecho de igualdad ante la ley. Solicita ordenar a las recurridas que otorguen la orden de expulsión sin más demora, sin perjuicio de otras medidas para restablecer el imperio del derecho, con costas. En síntesis, explica que el 4 de noviembre de 2021 ingresó por paso no habilitado, denunciándose vía web ante la Policía de Investigaciones de Chile el 12 de mayo de 2012, transcurriendo hasta la fecha más de seis meses sin pronunciamiento, lo que carece de justificación. El 4 de octubre de este año, el Servicio Nacional de Migraciones solicita el rechazo del recurso, por improcedente, porque no existe ningún registro ni acto administrativo dictado en afrenta del actor. Agrega que de acuerdo con la sentencia de esta Iltma. Corte de Apelaciones pronunciada en causa Rol N° 127.734-2022, la orden de expulsión constituye una facultad de la autoridad administrativa. Por su parte, el 26 de octubre de 2022 la Prefectura Provincial Valparaíso de la Policía de Investigaciones de Chile informó que el recurrente no registra orden de expulsión ni está sujeto a control de firma, como tampoco se advierten movimientos migratorios. Añade que el Departamento de Policía Internacional de Santiago lo citó para el 28 de marzo de 2022, a las 9:00 horas, no presentándose a esas dependencias. Se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, por la vía del presente recurso de protección, se cuestiona el actuar del Servicio de Migraciones, omisión en el pronunciamiento por parte de la recurrida respecto de la dictación del decreto de expulsión del actor. Segundo: Que la expulsión del territorio nacional se encuentra regulada en los artículos 126 y siguientes de la Ley 21.325, estableciéndose en el artículo 126 de la ley antes citada que “La medida de expulsión puede ser decretada por resolución fundada de la autoridad administrativa correspondiente, o por el tribunal con competencia penal, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico y, en especial, con lo dispuesto en la ley Nº 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad”. Tercero: Que, atendido lo expuesto anteriormente, se desprende que la expulsión constituye una facultad de la autoridad administrativa y, en el evento que la recurrida decida ejercerla, debe efectuarlo conforme al procedimiento correspondiente; en consecuencia, no existe omisión alguna que arbitrariedad e ilegalidad que vulnere el derecho que la recurrente estima conculcado.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido a favor de José de Jesús de los Reyes Jiménez Peña en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-130509-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: El 9 de septiembre de 2022 se recurre de protección en favor de José de Jesús de los Reyes Jiménez Peña, venezolano, contra el Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones de Chile, porque de forma ilegal y arbitraria no han emitido la resolución que debe decretar su expulsión del territorio nacion
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