SIN INFORMACION

TABARE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Mauricio Duque González, domiciliado en Huérfanos N° 1160 Oficina 301 de la Comuna de Santiago, quien interpone recurso de protección en favor de doña Lisbely Maury Tabare Morales, nacional de Venezuela, domiciliada en calle Ciencias N° 8660, comuna de La Cisterna, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por Luis Eduardo Thayer Correa, domiciliado en San Antonio N°580, piso 3, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en omisiones ilegales que perturban la garantía de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento definitivo respecto su solicitud de residencia definitiva. Indica que su representada ingreso al país en el año 2019 y el 17 de noviembre del 2020, se solicitó el beneficio de permanencia definitiva, según consta en la solicitud N° 2738961, sin que hasta la fecha de interposición de este recurso –el 27 de septiembre del presente año– exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, lo que mantiene a la recurrente en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Asimismo, sostiene que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley. Pide, que se ordene a la parte recurrida pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacúan informe don Antonio Henríquez Beltrán y doña Camila Cortés Palma, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del mismo en todas sus partes. Indican que la recurrente ingresó al país en febrero del año

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Lisbely Maury Tabare Morales, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 21.679-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, catorce de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Mauricio Duque González, domiciliado en Huérfanos N° 1160 Oficina 301 de la Comuna de Santiago, quien interpone recurso de protección en favor de doña Lisbely Maury Tabare Morales, nacional de Venezuela, domiciliada en calle Ciencias N° 8660, comuna de La Cisterna, en contra del S

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