GUVENS PAUL / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, domiciliado en Magdalena N°140, of. 1801, comuna de las Condes, quien interpone recurso de protección en favor de don Guvens Paul, nacional de Haití, domiciliado en Colon 6503, La Cisterna, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por Luis Eduardo Thayer Correa, domiciliado en San Antonio N°580, piso 3, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en omisiones ilegales que perturban la garantía de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento definitivo respecto su solicitud de residencia definitiva. Indica que su representado ha tenido previamente visas que le permiten postular a la permanencia definitiva, hoy denominada residencia definitiva. Próximo al vencimiento de la última de esas visas, se solicitó ante el Servicio Nacional de Migraciones, la permanencia definitiva -actual residencia definitiva-, a la que se otorgó el número 57318, de acuerdo al certificado de ampliación solicitud de permanencia definitiva en trámite folio 24390150, de 16 de mayo de 2022 encontrándose a la fecha de la presentación del recurso con un avance del 99%. Sostiene que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacúan informe don Antonio Emilio Henríquez Beltrán y don Nicolás Cornejo Montenegro, abogados del Servicio Na
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Guvens Paul, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 20.519-2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, catorce de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, domiciliado en Magdalena N°140, of. 1801, comuna de las Condes, quien interpone recurso de protección en favor de don Guvens Paul, nacional de Haití, domiciliado en Colon 6503, La Cisterna, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica