MP C/ FRANCHESCA VALENTINA ARDISANA DANIELI
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, eliminándose los párrafos cuarto y quinto del
Fundamentos
considerando décimo sexto, y se tiene, en su lugar y además, presente: 1.- Que para los efectos de lo que interesa en el debate, se debe considerar que lo cuestionado por la defensa, es la negativa del Tribunal de conceder la pena sustituta de reclusión parcial domiciliaria para el condenado LUIS ÓSCAR SALAZAR OLGUIN,
Fallo
fallo que lo hizo considerando que no constaba en autos el cumplimiento de dos de las penas dictadas previamente en contra del condenado, en las cuales se le concedía penas sustitutivas de reclusión parcial, determinando el cumplimiento efectivo de la pena impuesta. 2.- Que para una mayor claridad, se debe dejar constancia los siguientes hechos: a) Que el imputado LUIS ÓSCAR SALAZAR OLGUIN, fue condenada, en la sentencia que se revisa, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS (541) de presidio menor en su grado medio, accesorias legales, multa pertinente, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad sin licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18.290, en relación a los artículos 110 inciso segundo y 209 inciso segundo del mismo cuerpo legal, en grado de consumado, ocurrido el día 10 de junio de 2020, en la comuna de Rancagua, pena que deberá cumplir de manera efectiva. b) Que como lo señala la sentencia recurrida y para estos efectos, se deben analizar tres causas que registra en su extracto de filiación el condenado: La primera, es la RIT 15.565-2013, del Juzgado de Garantía de Rancagua en la que fue condenado con fecha 19 de junio de 2014 por dos delitos de robo en lugar no habitado, a 61 días de presidio menor en su grado mínimo y 41 días de prisión en su grado máximo, concediéndole la pena sustitutiva de reclusión nocturna. Respecto de esta causa, en la apelación, la defensa acompañó el certificado de cumplimiento
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, catorce de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, eliminándose los párrafos cuarto y quinto del considerando décimo sexto, y se tiene, en su lugar y además, presente: 1.- Que para los efectos de lo que interesa en el debate, se debe considerar que lo cuestionado por la defensa, es la negativa del Tribunal de conceder la pena sustituta
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