SIN INFORMACION

VOLTAIRE ANDRES CARVAJAL FERNANDEZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece la abogada defensora penal privada penitenciaria, doña Haslie Bustamante Vargas, quien deduce acción de amparo constitucional en representación del condenado Voltaire Andrés Carvajal Fernández, actualmente privado de libertad en el CDP de Puente Alto, en contra de la resolución de octubre del presente año, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional, que decidió rechazar su postulación al mencionado beneficio sin ajustarse adecuadamente a la normativa vigente. Explica que el recurrente se encuentra cumpliendo varias condenas, iniciándolas el 7 de marzo de 2021, proyectándose su término el 11 de febrero de 2023 y cumplió su tiempo mínimo el 29 de septiembre de 2021. Añade que su conducta fue calificada de muy buena en los últimos 4 bimestres, sin embargo, no se calificaron correctamente sus avances de acuerdo al artículo 1° del DL 321, centrándose la mayor parte del proceso de evaluación en sus características personales anteriores y las condenas que cumple. Solicita se deje sin efecto la resolución que rechazó la libertad condicional, decretando que se conceda su libertad inmediata. Segundo: Que Gendarmería de Chile, remitió copias del formulario consolidado de postulación del condenado, en el que consta que se encuentra cumpliendo las siguientes condenas: 21 y 200 días por 2 delitos de hurto simple por un valor de 4 a 40 UTM, 61, 80 y 541 días por 3 delitos de robo en bienes nacionales de uso público, 61 días por robo en lugar no habitado y 41 días por hurto simple; iniciando el cumplimiento de las mismas el 7 de marzo de 2021 y registra como fecha de término el 11 de febrero de 2023, verificándose el tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional el 29 de septiembre de 2021 y no registra beneficios penitenciarios. Asimismo, se informa que su conducta fue evaluada como “muy buena” en los bimestres enero – febrero, marzo – abril, mayo – junio y julio – agosto de 2022 y registra s

Fallo

por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud de libertad condicional del recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley, y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Voltaire Andrés Carvajal Fernández en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese y archívese si no se apelare. N° 717-2022-AMP.

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, catorce de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece la abogada defensora penal privada penitenciaria, doña Haslie Bustamante Vargas, quien deduce acción de amparo constitucional en representación del condenado Voltaire Andrés Carvajal Fernández, actualmente privado de libertad en el CDP de Puente Alto, en contra de la resolución de octubre de

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