SIN INFORMACION

GUERRERO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 24 de agosto del presente año, comparece David Gutiérrez Vergara, en favor de WILLY ANDRES GUERRERO REYES, ciudadano venezolano, cédula de identidad N° 25.412.798-1, con domicilio en ruta H-40, camino largo de Olivar N° 1740, comuna Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la omisión del acto terminal en el procedimiento de su solicitud de permanencia definitiva. Funda su recurso, en que el recurrente, con fecha 24 de septiembre de 2020, presentó solicitud de permanencia definitiva cumpliendo los requisitos para acceder a dicho beneficio y al consultar en el estado de beneficios migratorios, se refleja que se encuentra en la etapa de análisis resolutivo, con el 71% de avance, transcurriendo con creces el plazo de 6 meses establecido por el legislador en el artículo 27 de la Ley 19.880 para la duración del procedimiento administrativo en relación con el artículo 37 de la Ley 21.325, el cual conmina al servicio tramitar las solicitudes de residencia temporal o definitiva en el más breve plazo. Señala que esta situación deja a la actora en una situación de incertidumbre completamente injustificada, vulnerándose de este modo la garantía fundamental de la igualdad ante la ley frente al resto de los ciudadanos cuyas solicitudes son resueltas en tiempo oportuno, lo que amerita adoptar una medida en resguardo de los derechos de la afectada. Finaliza solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida a que se pronuncie sobre la solicitud de permiso de residencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Acompañan antecedentes en que se funda la presente acción. A folio N° 6 compareció el Servicio Nacional de Migraciones y en cuanto al informe requerido indica que el 31 de agosto del presente año dicha autoridad le otorgó el beneficio solicitado, mediante Resolución Exenta N° 22388261, la que acompañó al proceso. P

Fundamentos

considerando que el recurrente ya ha obtenido lo pretendido, por lo que ninguna medida de protección podría adoptarse, y, así las cosas, la acción deducida no puede prosperar, por haber perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, por haber perdido oportunidad el recurso de protección deducido en favor de WILLY ANDRES GUERRERO REYES. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 11732-2022 Protección. “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema.”

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua. Rancagua, catorce de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 24 de agosto del presente año, comparece David Gutiérrez Vergara, en favor de WILLY ANDRES GUERRERO REYES, ciudadano venezolano, cédula de identidad N° 25.412.798-1, con domicilio en ruta H-40, camino largo de Olivar N° 1740, comuna Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional d

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