6º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ KEVIN ANDRES SANDOVAL ALARCON

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2022

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Primero: Que la resolución en alzada dio por acreditadas las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Segundo: Que, en consecuencia, la controversia se centra en determinar si en este caso existe necesidad de cautela, conforme a lo dispuesto en la letra c) de la citada norma. Tercero: Que atendido el mérito de los antecedentes señalados por los intervinientes en estrados, la naturaleza y la gravedad de la pena asignada al delito por el cual fue formalizado el imputado, esto es, un delito pluriofensivo que vulnera los bienes jurídicos integridad física y propiedad, el cual se encuentra sancionado con la pena de presidio mayor en sus grados mínimo a máximo, además, el hecho de encontrarse actualmente cumpliendo una pena sustitutiva, la cual no lo disuadió de cometer el delito en actual conocimiento y, registrando otro proceso pendiente de resolución, es que esta Corte estima acreditada la necesidad de cautela, desde que la libertad del acusado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estos fundamentos, y atendido lo dispuesto en los artículos 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT N° 4665-2022, en audiencia de cuatro de noviembre de esta anualidad, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Kevin León Sandoval Alarcón. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol Corte N° 5163-2022.- Penal. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, catorce de noviembre de dos mil veintidós. Sala: Primera Rol Corte: Penal-5163-2022 Ruc: 2201092828-5 Rit : O-4665-2022 Juzgado: 6º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Inelie Duran Madina, señora Maria Paula Merino Verdugo y el Ministro (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich Relatora: Claudia Roco Zamorano Digitador (a): Rossa

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