SIN INFORMACION

BECERRA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 21 de septiembre de 2022, comparece el abogado Diego Toledo González, para interponer acción constitucional de protección en favor de José Luis Becerra Lazo, peruano, cédula nacional de identidad Nº 26.887.291-4, domiciliado calle Avenida Lo Valle N° 1347, comuna de San Joaquín, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto su solicitud de permanencia definitiva. Indica que a la fecha de presentación del recurso han transcurrido varios meses desde que efectuó la solicitud de beneficio migratorio de permanencia definitiva, hecho que ocurrió el 5 de Marzo de 2021, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndolo en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna –excediéndose del plazo legal de seis meses (sic)-, constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida otorgar el acto administrativo terminal referente a la permanencia definitiva solicitada, cesando la vulneración de garantías fundamentales. Segundo: Que evacua el informe respectivo los abogados del Servicio Nacional de Migraciones Nicolás Cornejo Montenegro y Camila Cortés Palma, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostienen que el 5 de marzo de 2021, el recurrente solicitó el beneficio de permanencia

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de José Luis Becerra Lazo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N°21740-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, catorce de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 21 de septiembre de 2022, comparece el abogado Diego Toledo González, para interponer acción constitucional de protección en favor de José Luis Becerra Lazo, peruano, cédula nacional de identidad Nº 26.887.291-4, domiciliado calle Avenida Lo Valle N° 1347, comuna de San Joaquín, en contra del Servic

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