ESPINOZA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Fallo
por tanto, implica una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de doña Sonia Ruth Meneses Navarro, sólo en cuanto el recurrido, en el plazo de 60 días, dará curso progresivo al procedimiento administrativo dictando la resolución definitiva del asunto. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N° Protección 131901-2022.-
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de noviembre de dos mil veintidós. Visto. A folio 1, comparece don Oscar Gonzalo Espinoza Sandoval, abogado, en favor de doña Sonia Ruth Meneses Navarro, venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria, los derechos garantizados en el artículo 19 en sus n
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