SIN INFORMACION

MAESTRANZA SERVIMAES Y CIA LIMITADA CONTRA RESOLUCION JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1°.- Que comparece el abogado Iván Pérez Contreras, en representación convencional de Maestranza Servimaes y Cía. Limitada, en autos caratulados Fernández con Servimaes y Cía. Limitada, rit O-127-2022, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 16 de marzo de 2022 que no hizo lugar a su recurso de apelación subsidiario por improcedente. Señala que dicho recurso fue interpuesto en contra de la resolución dictada en la misma audiencia que rechazo la excepción de prescripción opuesta por su parte. 2°.- Informó el Magistrado Claudio Álvarez Ramírez, Juez destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. El fundamento de la resolución en orden a negar la concesión del recurso se funda en el texto expreso del artículo 476 del Código del Trabajo señala las resoluciones objeto de apelación, además que el propio artículo 453 N°1 inciso sexto que se refiere a la resolución que falla la excepciones en audiencia preparatoria, entre las que se encuentra la de prescripción, solo concede el recurso respecto de las resoluciones que acogen la excepción, mas no de las que la rechazan como se trata del caso sub lite. 3°.- En su oportunidad se trajo a la vista a través del sistema informático la causa O-127-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Consta además, oficio que remite copia de Sentencia del dictada por el Tribunal Constitucional Rol 13.154-2022 por la cual se rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 453 N° 1, inciso sexto, del Código del Trabajo, interpuesto por el recurrente en estos autos. 4°.-

Fundamentos

Considerando lo resuelto precedentemente, y además lo dispuesto en los artículos 453 N°1 inciso sexto, en relación al artículo 476 ambos del Código del Trabajo, de los cuales se desprende que el recurso de apelación no resulta procedente en el presente caso, el presente recurso de hecho deberá rechazarse sin mayor dilación.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos citados y los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil se declara que: SE RECHAZA, el recurso de hecho deducido por el abogado Iván Pérez Contreras en contra la resolución de 16 de marzo de 2022, en los autos O-127-2022 seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Regístrese y en su oportunidad archívese. Redacción del Ministro Rodrigo Cerda San Martín. Rol N°Civil-174-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción. Concepción, once de noviembre dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que comparece el abogado Iván Pérez Contreras, en representación convencional de Maestranza Servimaes y Cía. Limitada, en autos caratulados Fernández con Servimaes y Cía. Limitada, rit O-127-2022, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 16 de marzo de 2022 que no hizo lugar a su recurso de apela

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